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SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA LA RESOLUCIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DE CHIAPAS QUE, A SU VEZ, CONVALIDÓ EL DECRETO 257 DEL CONGRESO DE CHIAPAS MEDIANTE EL CUAL SE DECLARÓ LA DESAPARICIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE CHALCHIHUITÁN Y, EN SU LUGAR, DESIGNÓ A UN CONCEJO MUNICIPAL

3 /enero /2020 / Sala Regional Xalapa 1/2020

Xalapa de Enríquez, Veracruz

 • Sala Xalapa confirma al Tribunal Electoral de Oaxaca el envío al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana local, diversas inconformidades relacionadas con la calificación de las elecciones de los Ayuntamientos de Mazatlán Villa de Flores, Cuicatlán, y San Antonio de la Cal, ambos del Estado de Oaxaca

Al resolver los juicios ciudadanos federales 416 y 418 del 2019, la Sala Regional Xalapa determinó confirmar la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas que convalidó el Decreto 257 del Congreso de esa entidad federativa, por medio del cual dicho poder legislativo aceptó diversas renuncias presentadas por regidores del Ayuntamiento de Chalchihuitán y, como consecuencia de lo anterior, declaró la desaparición del referido Ayuntamiento y, en su lugar, designó a un Concejo Municipal.

Lo anterior, en esencia, al considerar que el Tribunal Electoral local actuó conforme a derecho, debido a que no existieron pruebas suficientes que permitieran concluir que las renuncias a sus cargos en las regidurías del Ayuntamiento de Chalchuihuitán, obedecieran como los inconformes lo afirmaron, a la existencia de amenazas o coacción en su contra para que dejaran sus cargos en ese Cabildo.

Como consecuencia de lo anterior, se determinó que debe seguir surtiendo sus efectos jurídicos, el Decreto 257 del Congreso de Chiapas mediante el cual se declaró la desaparición del Ayuntamiento de Chalchihuitán y, en su lugar, designó a un Concejo Municipal.

Por otro lado, la Sala Xalapa confirmó en los juicios ciudadanos federales 423 y 424 al Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), dos resoluciones en el sentido de reencauzar al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Oaxaca (IEEPCO), diversos escritos de inconformidad que se formularon en contra de las elecciones por sistemas normativos indígenas de los Ayuntamientos de Mazatlán Villa de Flores, Cuicatlán, y San Antonio de la Cal.

Dichas decisiones federales se sustentaron en que el TEEO actuó conforme a derecho, porque acorde a la normativa local tales inconformidades deben atenderse por el IEEPCO al momento de calificar sobre la validez de las elecciones municipales organizadas por medio de sus sistemas normativos internos.

En la primera sesión pública del año 2020, la Sala Regional Xalapa resolvió un total de cinco juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano.