Se vincula al INE para que inscriba a dos ciudadanos en la Lista nominal para participar en la jornada electoral local de la elección y la consulta
25/febrero /2020 / Sala Regional Ciudad de México 9/2020
Ciudad de México
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), revocó, por unanimidad de votos, la negativa de la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Nacional Electoral (INE) de incluir a dos ciudadanos en la Lista Nominal de Electores para participar en la elección de las Comisiones de Participación Ciudadana Comunitaria 2020 y en la Consulta de Presupuesto Participativo 2020 y 2021, de la Ciudad de México.
Al dictar sentencia de los juicios de la ciudadanía SCM-JDC-36/2020 y SCM-JDC-45/2020, el Pleno señaló que si bien, conforme al Convenio se estableció que no serían incluidas en la Lista nominal para participar en la elección y la consulta aquéllas personas que realizaran su trámite después del 15 de enero o bien que, como los actores, no acudieran a recoger su Credencial antes del 31 de enero, lo cierto es que, el Convenio no se publicó en el Diario Oficial de la Federación o la Gaceta oficial de la Ciudad de México. Por lo tanto, la Sala Regional determinó que el hecho de que no se hubiera publicado la fecha límite para la realización de un trámite como el intentado por los actores, no debe mermar su derecho a ser incluidos en la Lista nominal y, consecuentemente a ejercer su voto.
En consecuencia, se revocaron dichas negativas, y se vinculó al INE para que inscriba a los actores en la Lista nominal, que les permita participar en la jornada electoral local de la elección y la consulta.