EL DIPUTADO JAVIER ALEGRE Y DIVERSAS CONCESIONARIAS NO INCUMPLIERON CON LA LEY ELECTORAL AL DIFUNDIR MENSAJES DE RADIO: SALA ESPECIALIZADA
20/agosto /2020 / Sala Regional Especializada 9/2020
CDMX
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que el diputado federal Luis Javier Alegre Salazar no contrató y/o adquirió tiempos en radio, ya que, dadas las características de los tres mensajes emitidos –en los que se escuchaba su voz–, no se consideró que se tratara de propaganda política o electoral direccionada a influir en las preferencias electorales de la ciudadanía.
Lo anterior al considerar que se trató de un contenido elaborado al amparo de los derechos de libertad de expresión e información, cuya finalidad era hacer del conocimiento del público en general, las medidas de protección y prevención relacionadas con la salud, que en ese momento resultaban de vital importancia para la población.
También se declaró que el diputado no realizó propaganda personalizada al no actualizarse el elemento objetivo previsto por la jurisprudencia de este Tribunal Electoral, ya que del análisis integral de los mensajes, se advirtió que la mención del nombre y cargo fue para informar sobre la persona que emitió la recomendación relacionada con las medidas de prevención que han difundido diversas autoridades de Salud de este país, para contener el impacto de la pandemia, por lo que no se advierte que tuviera como finalidad promocionarlo.
Finalmente, al no haberse acreditado la existencia de compra o adquisición de tiempos en radio, ni tampoco promoción personalizada en la difusión de los mensajes, se consideró inexistente la infracción de uso indebido de recursos públicos.
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