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Se confirma resolución que reconoce la autoridad tradicional elegida en el pueblo originario San Mateo Xalpa de la Ciudad de México

10/septiembre/2020 / Sala Regional Ciudad de México 28/2020

Ciudad de México

  • Se modifica resolución relativa a la elección de una autoridad tradicional en el pueblo originario San Lucas Xochimanca de la Ciudad de México

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por mayoría, confirmó la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México que reconoció la figura de Coordinación Territorial como la elegida para el pueblo originario San Mateo Xalpa, Alcaldía Xochimilco.

Al dictar sentencia del juicio de la ciudadanía SCM-JDC-1111/2019 y acumulado, el Pleno determinó que contrario a lo referido por la parte actora, el Tribunal local decidió conservar la voluntad ciudadana, al tener por válido que existió una coordinación entre el Instituto local, la Alcaldía y se contó con la anuencia de diversas autoridades tradicionales y personas habitantes del Pueblo para la toma de decisiones sobre la autoridad que debía de elegirse.

Asimismo, se comprobó la realización de reuniones previas a la emisión de la Convocatoria a la Asamblea comunitaria, con la finalidad de tomar en consideración la opinión de cada una de las personas involucradas y autoridades tradicionales, para que se informara a las personas habitantes del Pueblo que en ejercicio de su derecho de libre determinación y autonomía podían decidir si era su pretensión continuar con la autoridad consuetudinaria o elegir alguna otra forma de representación conforme a su sistema normativo interno.

Por lo tanto, la Sala Regional confirmó la resolución impugnada.

La magistrada María G. Silva Rojas emitió un voto particular al considerar que no se acreditó que la Convocatoria hubiera sido difundida de manera eficaz, que las autoridades tradicionales hubieran podido participar en el proceso de consulta para elegir la coordinación territorial del pueblo y que este hubiera determinado cuáles eran las funciones de la Coordinación Territorial como ordenó la Sala Regional.

Se modifica resolución relativa a la elección de una autoridad tradicional en el pueblo originario San Lucas Xochimanca de la Ciudad de México

La Sala Regional, por unanimidad, modificó la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México relacionada con la elección de la coordinación territorial (o autoridad que elija) del pueblo originario San Lucas Xochimanca, Alcaldía Xochimilco.

Al resolver el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-1206/2019, se consideró que si bien fue correcto que el Tribunal local reconociera a las personas que señalaron ser titulares de la presidencia del Patronato del Panteón como personas relevantes, debió precisar que solo era para efectos del actual proceso electivo de la coordinación territorial (o figura que se elija).

Por otra parte, se precisó que aunque fue adecuado que el Tribunal local considerara -para emitir la resolución impugnada- las manifestaciones y documentos aportados por una persona que se autoadscribió al Pueblo, no contaba con los elementos suficientes para determinar si era persona relevante en el Pueblo y -por tanto- sí podía participar en los trabajos para la emisión de la Convocatoria.

En consecuencia, la Sala Regional modificó la resolución local para que el carácter como personas relevantes opere únicamente para el proceso electivo que está en marcha y en ésta no se considere -en este momento- como persona relevante a diversa persona que no acreditó ese carácter.