SALA REGIONAL TOLUCA CONFIRMÓ LAS SENTENCIAS DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE HIDALGO RELACIONADAS CON LAS FACULTADES DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ELECCIONES Y EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL, AMBOS DE MORENA, DENTRO DEL PROCESO INTERNO DE SELECCIÓN DE CANDIDATURAS.
7 /octubre /2020 / Sala Regional Toluca 34/2020
Toluca de Lerdo, a
El Pleno de Sala Regional Toluca confirmó las sentencias dictadas por el Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo relacionadas con el proceso interno de selección de candidatos de MORENA en el Municipio de Mineral de la Reforma.
En los juicios ciudadanos concernientes a las sentencias en comento, se consideró que la Comisión Nacional de Elecciones y el Comité Ejecutivo Nacional dentro del proceso interno de selección de candidaturas contaban con la facultad para resolver las situaciones concernientes a la selección de candidatos que no estuviesen previstas, así como para definir el género de sus postulaciones de conformidad con el Estatuto y la convocatoria respectiva, ello ante la necesidad de tomar determinaciones en situaciones de excepción.
Por cuanto a la solicitud de inaplicación de las bases CUARTA y DÉCIMA SEGUNDA de la convocatoria, se concluyó que no era posible concederla, al tratarse de actos que fueron consentidos en el proceso interno.
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