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INCUMPLIMIENTO DE LA TRANSMISIÓN DE PAUTAS EN PERIODO ORDINARIO 2019

5 /noviembre /2020 / Sala Regional Especializada 16/2020

CDMX

 Cadena Tres I, S.A. de C.V., incumplió con la obligación de transmitir las pautas aprobadas por el INE. Se impone multa y se dictan medidas de reparación integral.

 La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad, la existencia de la infracción atribuida a Cadena Tres I, S.A. de C.V, por el incumplimiento de transmitir las pautas aprobadas por el Instituto Nacional Electoral de partidos políticos y autoridades electorales, durante los periodos ordinarios del primer y segundo semestre de dos mil diecinueve, así como del primer semestre de dos mil veinte, en los estados de Campeche, Coahuila, Sinaloa, Tabasco, Veracruz y Yucatán.


En consecuencia, la Sala Especializada determinó imponer una multa por un total de 12,575 (doce mil quinientas setenta y cinco) Unidades de Medida y Actualización, equivalentes a la cantidad de $1,038,775.15 (UN MILLON TREINTA Y OCHO MIL SETESCIENTOS SETENTA Y CINCO PESOS 15/100 M. N.), considerando que la concesionaria es reincidente.


Además, dicho órgano jurisdiccional estableció la reposición de los spots omitidos a cargo de Cadena Tres y, como garantía de no repetición, determinó que ésta debía realizar una serie de acciones, entre las que destacan, la de publicar un resumen de la sentencia en su portal de internet y en sus redes sociales, así como la realización de un curso de capacitación al personal encargado de programar las pautas de transmisión.