NO SE VULNERÓ LA NORMATIVA ELECTORAL AL DIFUNDIRSE UN PROMOCIONAL EN RADIO RELACIONADO CON LA ENCUESTA PARA LA RENOVACIÓN DE LA DIRIGENCIA DE MORENA.
10/diciembre /2020 / Sala Regional Especializada 29/2020
CDMX
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, por unanimidad de votos, inexistente la violación al principio de imparcialidad y equidad de contienda electoral, en virtud que la difusión de un promocional en radio, relacionado con la encuesta nacional abierta para la renovación de la Presidencia y la Secretaría General del Comité Ejecutivo Nacional de MORENA, se llevó a cabo dentro de los parámetros establecidos para ello.
Lo anterior se determinó así, ya que el promocional fue transmitido dentro de los tiempos considerados para el partido político MORENA, y fue elaborado por el Instituto Nacional Electoral a fin de dar cumplimiento a la determinación de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en la que se estableció que la citada autoridad electoral debía realizar la encuesta nacional abierta para la elección de los altos puestos del Comité Ejecutivo Nacional del mismo partido político, y además su contenido es coincidente y guarda sintonía con los lineamientos que se emitieron al respecto.
Finalmente, se acreditó la difusión de impactos excedentes del referido promocional, por lo cual, es menester sancionar con una multa a diversas radiodifusoras en virtud de incumplir con los parámetros ordenados por el INE.