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PROMOCIÓN PERSONALIZADA EN CONFERENCIAS MATUTINAS E INCUMPLIMIENTO EN LA TRANSMISIÓN DE PAUTAS ORDENADAS POR EL INE.

23/diciembre /2020 / Sala Regional Especializada 34/2020

CDMX

 La Sala Regional Especializada determinó la inexistencia de promoción personalizada, vulneración al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos por parte de la Presidencia de la República durante las conferencias matutinas difundidas del 19 de diciembre de 2019 al 20 de marzo del 2020. De igual forma estableció la existencia de infracciones por el incumplimiento a la pauta en la transmisión de diversos promocionales.

 En relación con el proyecto de sentencia 30/2020, la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), resolvió la inexistencia de promoción personalizada, vulneración al principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos, por la realización y difusión de conferencias matutinas, en el periodo del 19 de diciembre del 2019 al 20 de marzo de la presente anualidad.


De acuerdo con el proyecto, con la difusión de las conferencias no se advierte una exaltación de la figura del Presidente de la República, de su vocero y del encargado de la difusión de las conferencias matutinas involucradas que permita calificar a los ejercicios comunicativos en cuestión, como simulaciones o mecanismos indirectos de promoción, tampoco se advierte algún contenido tendente a influir en las preferencias electorales, exponer programas o acciones desarrollados por partidos políticos que pudieran vulnerar el principio de imparcialidad. En consecuencia, no existe el uso indebido de recursos públicos para la consecución de dichas conferencias.


Acompañando el proyecto, se determinó el incumplimiento de la pauta ordenada por el INE de diversas concesionarias de radio y televisión, las cuales, al presentar la transmisión total o parcial de las conferencias matutinas involucradas, incurrieron en la omisión de la transmisión de promocionales correspondientes a partidos políticos y autoridades electorales, así como en el orden y horario estipulado en la pauta. Por lo que, se impondrán amonestaciones públicas o multas a las concesionarias involucradas en la causa, atendiendo a la situación particular de incumplimiento.