PUBLICACIÓN DEL DIPUTADO FEDERAL MARIO MARTÍN DELGADO CARRILLO, A TRAVÉS DE SU CUENTA EN LA RED SOCIAL TWITTER
23/diciembre /2020 / Sala Regional Especializada 35/2020
CDMX
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por mayoría de votos, determinó la existencia de las infracciones consistentes en actos anticipados de campaña y uso indebido de la pauta, atribuibles al Diputado Federal con licencia Mario Martín Delgado Carrillo y al partido político MORENA, respectivamente.
Lo anterior, derivado de la difusión de un video publicado en la cuenta de Twitter del referido servidor público el pasado seis de diciembre, que corresponde a un promocional pautado en periodo ordinario por el mencionado instituto político para su difusión en radio y televisión, que contiene frases y expresiones de naturaleza electoral que no son propias del citado periodo.
Así, se determinó que promocional pautado por MORENA constituye propaganda electoral que no está permitida realizar ni difundir en periodo ordinario, ello, al contener expresiones de naturaleza proselitista que vulneran la equidad en la contienda en el marco del actual proceso electoral federal, en consecuencia, al actualizarse el uso indebido de la pauta se impuso al referido instituto político una sanción.
Finalmente, en el fallo se reiteró lo señalado por la Sala Superior de este Tribunal Electoral respecto de la responsabilidad de los servidores públicos con licencia, esto es, con independencia de que ésta les haya sido otorgada, no pierden su estatus de empleados públicos, sino que, tan solo son suspendidos en el ejercicio de sus funciones sin perder la investidura y calidad, por tanto, al calificarse tal infracción como grave ordinaria se ordenó dar vista a la Contraloría Interna de la Cámara de Diputados para que imponga la sanción que en derecho proceda.