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SALA REGIONAL TOLUCA CONFIRMÓ LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO EN LA QUE DETERMINÓ CARECER DE COMPETENCIA PARA REALIZAR UN EJERCICIO DE CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD ABSTRACTO DEL DECRETO EMITIDO POR EL CONGRESO DEL ESTADO DE MÉXICO.

28/enero /2021 / Sala Regional Toluca 4/2021

Toluca de Lerdo, a

 El Pleno de Sala Regional Toluca determinó en resolución emitida en sesión pública celebrada en la tarde-noche del jueves veintiocho de enero y en un juicio ciudadano, confirmar la determinación tomada por el Tribunal Electoral del Estado de México, quién ante la falta de un acto concreto de aplicación, adujo no tener facultades para realizar control constitucional abstracto o concreto en relación al Decreto 190 emitido por el Honorable Congreso del Estado, en razón de que para que ello sea posible, se requiere la existencia de un acto concreto de aplicación que evidencie la afectación causada al impugnante por el referido Decreto parlamentario.

 En diverso juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, se resolvió confirmar el fallo del Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo, que tuvo por acreditada la violencia política en contra de la mujer por razón de género cometida en contra de una ex regidora de Ayuntamiento de la entidad, quien consideró que las conductas denunciadas generaron en la víctima un impacto diferenciado al interior del Cabildo, en tanto se inhibió su participación política para la cual fue electa.

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