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SALA TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN CONFIRMA QUE EL TESORERO DEL AYUNTAMIENTO DE IXTAPAN DE LA SAL, ESTADO DE MÉXICO, ESTÁ OBLIGADO A ENTREGAR A LA SEGUNDA REGIDORA LA DOCUMENTACIÓN QUE LE FUE SOLICITADA.

4 /febrero /2021 / Sala Regional Toluca 5/2021

Toluca de Lerdo, a

 En sesión pública vespertina celebrada el jueves cuatro de febrero, Sala Regional Toluca confirmó la sentencia pronunciada por el Tribunal Electoral del Estado de México, en virtud de la cual, el Tesorero del Ayuntamiento de Ixtapan de la Sal, en estricto cumplimiento a dicho fallo, está obligado a proporcionar a la segunda regidora la información solicitada, siendo que el cumplimiento de tal fallo, no le genera una responsabilidad al estar respaldado por el deber de acatar una sentencia.

 En diversa decisión, el órgano jurisdiccional federal determinó revocar la resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral que imponía sanciones a un partido político en la rendición del informe de ingresos y egresos de campaña en el pasado proceso electoral ordinario 2019-2020 celebrado en el Estado de Hidalgo, al estimar que fue inobservado el derecho de audiencia del recurrente, además de que no se valoró debidamente la documentación aportada por el partido inconforme.

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