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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF RESUELVE CONTROVERSIA RELACIONADA CON EL DERECHO POLÍTICO-ELECTORAL DE SER VOTADO

5 /febrero /2021 / Sala Regional Guadalajara 6/2021

GUADALAJARA, JALISCO

Se desecha juicio por impugnar un acto de naturaleza administrativa

En el juicio ciudadano 18 de 2021, el Pleno determinó que el acto impugnado no es susceptible de ser analizado en un juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, o cualquier medio de defensa en la materia, dado que la Secretaría de Gobernación, a través de la Dirección General de Asuntos Religiosos, es una autoridad formal y materialmente administrativa.
Así, para esta Sala el oficio controvertido se vincula con la facultad que tiene la autoridad responsable para organizar y mantener actualizados los registros de las asociaciones religiosas. De esta manera, el actor partió de la premisa equivocada, de que las violaciones reclamadas incidían en la materia electoral, pues se ciñen a las atribuciones exclusivas en materia de asociaciones religiosas que desarrolla la referida Dirección y, dicho documento, por si mismo, no puede estimarse como una vulneración a su derecho político de ser votado.
Por otra parte, en los recursos de apelación 5, 7, 9, 10, 12 y 15, todos de la presente anualidad, relativos a la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos, correspondientes al ejercicio de 2019 de diversos partidos políticos, el Pleno de este órgano jurisdiccional determinó confirmar los dictámenes y resoluciones impugnadas, en lo que fue materia de controversia, al considerar que los agravios expuestos por los recurrentes resultaron infundados e inoperantes, ya que la autoridad responsable actuó conforme a derecho y, éstos no controvirtieron frontalmente las determinaciones de mérito.
En dicha sesión se resolvieron tres juicios ciudadanos y siete recursos de apelación, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx