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SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN REVOCÓ LA RESPUESTA A LA PETICIÓN DE FLEXIBILIZAR EL UMBRAL DE APOYO CIUDADANO EN CANDIDATURA INDEPENDIENTE.

10/febrero /2021 / Sala Regional Toluca 6/2021

Toluca de Lerdo, a

 El Pleno de Sala Regional Toluca en sesión pública vespertina celebrada el diez de febrero, determinó que la Dirección de Partidos Políticos del Instituto Electoral del Estado de México carece de competencia para dar respuesta a la petición de flexibilizar el porcentaje de apoyo ciudadano exigido a un candidato independiente, así como lo relativo a la dispersión geográfica de ese respaldo ciudadano, toda vez que tal definición corresponde al Consejo General de la autoridad electoral administrativa local.

Asimismo, resolvió que lo concerniente a la petición de la ampliación del plazo para recabar el soporte ciudadano, compete decidirla al Consejo General del Instituto Nacional Electoral, motivo por el cual revocó el oficio de contestación a la consulta formulada por el actor.

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