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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF RESOLVIÓ ASUNTOS SOBRE REGISTROS DE CANDIDATURAS EN SINALOA

21/mayo /2021 / Sala Regional Guadalajara 24/2021

GUADALAJARA, JALISCO

 

 En la sesión pública del día de hoy, la Sala Regional, en diversos juicios de revisión constitucional electoral, determinó que el Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa realizó una incorrecta interpretación del marco jurídico de la elección consecutiva o reelección, respecto de los registros de algunas candidaturas a munícipes y diputaciones en la referida entidad.
En ese sentido, toda vez que dichas candidaturas fueron registradas para el proceso electoral 2018-2019, a través de una candidatura común o coalición, según el caso, en la contienda actual solo podrían ser postuladas por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición o candidatura común que los hubieren postulado.
Por lo que, se modificaron las sentencias del Tribunal Electoral y, en consecuencia, se revocaron parcialmente los respectivos acuerdos del OPLE, exclusivamente en cuanto a las candidaturas controvertidas, para que los partidos políticos realicen las sustituciones pertinentes. (Juicios de revisión constitucional electoral 100, 101,102, 103, 105 y 106 de este año, y sus acumulados).
En otro asunto, se confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, relativa a la procedencia de las solicitudes de registro de la lista estatal de candidaturas a diputaciones por el principio de representación proporcional presentadas por el Partido Sinaloense en el proceso electoral local 2020-2021; toda vez que, dicho partido cumplió con la obligación de acreditar que también participó con candidaturas a Diputaciones por el sistema de mayoría relativa en por lo menos diez distritos uninominales. (SG-JRC-92/2021).


En dicha sesión, se resolvieron siete juicios de revisión constitucional, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx