LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF RESUELVE CONTROVERSIAS RELACIONADAS CON PROCEDIMIENTOS SANCIONADORES ESPECIALES
9 /junio /2021 / Sala Regional Guadalajara 37/2021
GUADALAJARA, JALISCO
En el juicio electoral 47 de este año, los integrantes del Pleno confirmaron la sentencia del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, en la que se declaró la existencia de infracciones por actos anticipados de campaña, promoción personalizada y entrega de apoyos en especie, por parte del candidato del Partido Nueva Alianza y de la Coalición Juntos Haremos Historia para el municipio de Chihuahua.
Por lo anterior, se confirmó la sanción al actor, ello, al acreditarse que él y otra persona sí tuvieron una participación destacada en el evento cuestionado, al ser las únicas personas que dieron un discurso, siendo este el objetivo del evento.
De igual forma, en el juicio electoral 67, se confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Jalisco, que declaró inexistentes los actos anticipados de campaña y la violación del interés superior de la niñez, ya que de constancias no se comprobó que, el denunciado tuviera por objeto llamar al voto a su favor, ni en contra de una persona o partido, tampoco posicionarse con el fin de obtener una candidatura.
En dicha sesión se resolvieron dos juicios electorales, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx