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SALA MONTERREY CONFIRMA LA EXISTENCIA DE VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO CONTRA UNA PRESIDENTA MUNICIPAL

27/mayo /2022 / Sala Regional Monterrey 2/2022

Monterrey, Nuevo León

En sesión pública la Sala Monterrey confirmó la resolución que determinó la existencia de VPG porque las expresiones realizadas por el Presidente Municipal electo utilizaron estereotipos de género para descalificar a una Presidenta Municipal en el ejercicio de su cargo. #DecisionesClaras #LaJusticiaElectoralSigue.

En sesión pública por videoconferencia del 26 de mayo, al resolver el juicio SM-JDC-23/2022, la Sala Monterrey confirmó, por mayoría de votos, la resolución del Tribunal de Querétaro que determinó la existencia de VPG en perjuicio de la Presidenta Municipal saliente, por parte del Presidente Municipal electo, quien entraría en funciones semanas después, y por tanto, le impuso una sanción económica, ordenó su inscripción en los Registros de Personas Sancionadas en Materia de VPG y decretó las medidas de reparación integral que consideró procedentes.

Durante la sesión pública, el pleno de la Sala Monterrey coincidió en que las expresiones realizadas por el Presidente Municipal electo eran violentas y se expresaron en contra de la Presidenta Municipal por el hecho de ser mujer, usando estereotipos de género, porque en una conferencia de prensa, convocada por él, señaló en referencia a la presidenta en funciones que: “desafortunadamente nos ha tocado una mujer y cuando las mujeres dicen sí, es no. Y cuando dicen que todo lo van a hacer transparente, quiere decir que entonces nada es transparente”.

En su intervención, la Magistrada Presidenta puntualizó: “la violencia política de género se configura cuando se realizan expresiones con estereotipos en contra de mujeres en ejercicio, subrayo, en ejercicio de su derecho político electoral a ser votada en la vertiente de desempeño del cargo, sin que sea necesario que se produzca un resultado material.”

Durante la sesión, el Pleno resolvió 3 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano, 5 juicios electorales, 2 juicios de revisión constitucional electoral sumando un total de 10 medios de impugnación.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia constitucional encargada de revisar las resoluciones emitidas por los Tribunales, Institutos, Congresos, Ayuntamientos, partidos políticos, y cualquier autoridad que emite actos que vulneren los derechos político-electorales en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas.