SRCDMX restituye los resultados de la elección del Comité Directivo Estatal y determina que Eloy Salmerón Díaz ocupe la dirigencia del PAN en Guerrero
2 /junio /2022 / Sala Regional Ciudad de México 33/2022
Ciudad de México
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero (TEEG) que restituyó los resultados de la jornada electiva a la presidencia, secretaria general y a las personas integrantes del Comité Directivo Estatal del Partido Acción Nacional (PAN), dejando sin efectos el recuento de sede partidista y la nulidad de la elección decretada en esa instancia.
Del análisis de los diversos agravios formulados, la Sala Regional en el juicio SCM-JDC-123/ 2021 y acumulado validó la consideración del tribunal, en cuanto a que las actas de cómputo de jornada electoral y la atinente del cómputo estatal contenían iguales resultados, ssituación diversa del acta de recuento, en donde advirtió una diferencia exponencial.
En lo que corresponde al centro de votación en Zitlala, Guerrero la Sala Regional validó lo considerado por el tribunal, en cuanto a que no se acreditó que se hubiese establecido en el domicilio de uno de los candidatos y por ende, desestimó la causa de nulidad que pretendía demostrar presión sobre la militancia que sufragó en dicho centro.
Con referencia al motivo de inconformidad en el que se hizo valer la causal de nulidad de votación consistente en que las mesas receptoras de votación con los números 5 y 7, en el municipio de Acapulco se instalaron en lugar indebido, se determinó infundado en atención a que el centro de votación para el municipio de referencia, en realidad, fue autorizado conforme a la adenda emitida por la Presidencia del Comité Ejecutivo Nacional.
Del análisis integral de los agravios, se estimó correcto que el tribunal local haya privilegiado el principio de conservación de los actos públicos válidamente celebrados, a efecto de preservar los derechos de las personas militantes del PAN, que ejercieron su voto, precisando que no fue viciada por irregularidades determinantes.
En consecuencia, la sala regional confirmó la resolución impugnada.