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SRCDMX revocó la resolución del TEEM y declaró que es válida la elección de la presidencia municipal realizada por la asamblea de Xoxocotla, Morelos

4 /junio /2022 / Sala Regional Ciudad de México 34/2022

Ciudad de México

 

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), al dictar sentencia en el juicio SCM-JDC-115/2022 y acumulado, por unanimidad, revocó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Morelos (TEEM), hizo un estudio integral de la controversia y señaló que de conformidad con el sistema normativo indígena de Xoxocotla, la institución jurídica de la suplencia en el cargo, no tiene aplicabilidad, en tanto que no se reconoce como una forma de acceso a un cargo público.

En el contexto de la decisión se explicó que la adopción de esa figura de suplencia, concebida en los términos del derecho legislado, se traduce en una asimilación inexacta de un sistema jurídico distinto, lo que violenta sus derechos colectivos como pueblo indígena, reconocido en la Constitución y en tratados internacionales que regulan los derechos de pueblos y comunidades indígenas.

Por tanto, se revocó la decisión del Tribunal local que tomaba como válida la figura de la suplencia en el cargo y tomando en consideración que el máximo órgano de deliberación de la comunidad es la Asamblea General, la Sala Regional determinó que quien debe asumir el cargo es la persona electa por la citada asamblea, en apego a su autonomía y libre determinación.

Entre otros aspectos, con el propósito de dar una amplia difusión y conocimiento a la comunidad de la decisión judicial, se vinculó al Instituto Nacional de Lenguas Indígenas y la Defensoría Pública de este Tribunal Electoral para que realicen la traducción de la síntesis de esta sentencia en náhuatl y mixteco, dada la existencia de dichas lenguas en Xoxocotla.

En consecuencia, la sala revocó la resolución impugnada y ordenó diversas acciones a fin de tutelar los derechos colectivos de la comunidad, desde una perspectiva integral y con el propósito de sentar bases para posteriores procedimientos de elección.