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SALA MONTERREY CONFIRMA LA RETENCIÓN DEL FINANCIAMIENTO DE MORENA EN QUERÉTARO PARA CUBRIR LOS RECURSOS NO EJERCIDOS QUE PRETENDÍA CONSERVAR DE 2019

17/junio /2022 / Sala Regional Monterrey 5/2022

Monterrey, Nuevo León

 En sesión pública la Sala Monterrey confirmó la determinación del Tribunal de Querétaro que, formalmente, confirmó los oficios de la Dirección de Organización Electoral de ese Estado, mediante los cuales se informó a Morena que el financiamiento público de enero de 2022, se retuvo para reintegrar una parte de un remanente no ejercido en el año 2019. #DecisionesClaras #LaJusticiaElectoralSigue.

En sesión pública por videoconferencia del 17 de junio, la Sala Monterrey, al resolver el juicio SM-JRC-10/2022, confirmó, por unanimidad, la determinación del Tribunal de Querétaro que, a su vez, confirmó la decisión de retener a Morena el financiamiento público de enero de 2022, para reintegrar una parte de un remanente no ejercido en el año 2019.

En la sentencia, se explica que Morena, en su demanda, se limitó a realizar señalamientos genéricos que no impugnaban las razones dadas por la responsable, pues sólo hacía referencia a los antecedentes del caso, a transcribir un apartado de la sentencia impugnada y a presentar un marco normativo relacionado con la administración de justicia, con lo cual, no confrontaba el argumento central del Tribunal Local, en cuanto a que, si bien la Dirección de Prerrogativas se basó en un criterio de la Unidad Técnica de Fiscalización del INE emitido sin facultades, finalmente, la decisión estaba apoyada en el criterio del Consejo General del INE.

Asimismo, se señaló que, la Sala Superior, en diverso recurso, concluyó que la retención del 100% de la ministración mensual resultaba razonable, proporcional y adecuado para garantizar la captación del recurso público por parte del Estado y evitar que los partidos continúen beneficiándose de ellos por un largo periodo de tiempo.

En dicha sesión, también se resolvió el juicio SM-JE-35/2022, en el que se confirmó, por unanimidad, la resolución del Tribunal de Nuevo León que declaró existente la calumnia en publicaciones realizadas por diversas personas ciudadanas, porque el impugnante no enfrentó eficazmente las razones que el Tribunal Local dio, entre otras, para calificar e individualizar la sanción.

Durante la sesión, el Pleno resolvió 1 juicio electoral y 1 juicio de revisión constitucional electoral.

La Sala Monterrey del TEPJF es la instancia constitucional encargada de revisar las resoluciones emitidas por los Tribunales, Institutos, Congresos, Ayuntamientos, partidos políticos, y cualquier autoridad que emite actos que vulneren los derechos político-electorales en los estados de Aguascalientes, Coahuila, Guanajuato, Nuevo León, Querétaro, San Luis Potosí, Tamaulipas y Zacatecas.