LA SALA REGIONAL XALAPA DECLARÓ LA NULIDAD DE LA ELECCIÓN DE LA AGENCIA MUNICIPAL DE LA LOCALIDAD LAS CAROLINAS, UXPANAPA, VERACRUZ
14/julio /2022 / Sala Regional Xalapa 29/2022
Xalapa-Enríquez, Veracruz
En sesión pública celebrada por el sistema de videoconferencia, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) modificó la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) emitida en el expediente TEV-JDC-415/2022 y su acumulado, que: a) sobreseyó el medio de impugnación promovido por una persona indígena de la etnia Chinanteca, presentado en contra de la validez de la elección de la Agencia Municipal de la localidad Las Carolinas, poblado nueve del municipio de Uxpanapa, b) declaró inexistente la violencia política en razón de género (VPG) aducida por una candidata al cargo de agente municipal de la localidad en comento y c) confirmó la validez de la elección de la Agencia Municipal antes señalada.
El Pleno de la Sala Regional determinó modificar la sentencia impugnada por cuanto hace a la declaración de validez de la elección de la Agencia Municipal, así como, respecto a la supuesta inexistencia de la violencia política en comento.
En primer término, al declarar como fundados los agravios relacionados con la falta de difusión de la nueva fecha de la elección y del método a través del cual participaría la comunidad para elegir a la autoridad auxiliar municipal, puesto que, concurrieron diversos aspectos que impidieron a la ciudadanía de Las Carolinas tener conocimiento pleno de dichos actos.
En segundo término, ya que fue incorrecto que el TEV declarara inoperantes los agravios relacionados con violencia política en razón de género alegada, toda vez que, si bien tales planteamientos, en su mayoría, son similares a los expuestos por la actora en un diverso juicio resuelto por dicho Tribunal local, lo cierto es que realizó manifestaciones adicionales que no fueron analizadas por éste, por lo cual era incorrecto el considerar dicho asunto como cosa juzgada.
Además, conviene precisar que al resolverse el diverso juicio SX-JDC-6727/2022, relacionado con la violencia política aducida, esta Sala Regional modificó la sentencia dictada por el TEV en el expediente TEV-JDC-375/2022, por haberse omitido juzgar con perspectiva de género, de ahí que fuese importante analizar los nuevos planteamientos de la actora.
Como consecuencia de ambas determinaciones, el Pleno de la Sala declaró la nulidad de la elección celebrada para elegir a la señalada autoridad municipal y ordenó al Ayuntamiento de Uxpanapa realizar una nueva elección. Asimismo, ordenó al TEV dar vista al Organismo Público Local Electoral de Veracruz (OPLEV) con los planteamientos adicionales de la actora respecto a la VPG, para que, en el ámbito de sus atribuciones, determine lo que en derecho corresponda.
En la sesión pública no presencial por el sistema de videoconferencia, celebrada este 14 de julio, se resolvieron 17 medios de impugnación: 11 juicios ciudadanos; cinco juicios electorales y un juicio de revisión constitucional electoral.
Lo anterior, en cumplimiento al Acuerdo General 8/2020 de la Sala Superior del TEPJF en el que se precisan criterios a fin de discutir y resolver de forma no presencial asuntos de la competencia del TEPJF, ante la emergencia sanitaria provocada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19).
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