SALA REGIONAL TOLUCA DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN REVOCA DESTITUCIÓN DE PRESIDENTE DIRECTIVO ESTATAL DE UN PARTIDO POLÍTICO.
20/julio /2022 / Sala Regional Toluca 35/2022
Toluca de Lerdo, a
Tal determinación se tomó en virtud de que como se explicó, el Pleno Extraordinario Bis del IX Consejo Estatal intrapartidista carecía de competencia para remover al referido dirigente, dado que conforme a la normativa interna del instituto político, tal facultad corresponde al Órgano de Justicia Intrapartidaria.
De ahí que se decidió revocar la sentencia impugnada, así como los actos intrapartidarios de la destitución.
“Documento con fines de divulgación. Las sentencias son la única versión oficial.”
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Quinta Circunscripción
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