EL PRESIDENTE MUNICIPAL DE TECUALA, NAYARIT, ES RESPONSABLE DE LA INDEBIDA PROMOCIÓN DE LA REVOCACIÓN DE MANDATO Y POR VULNERAR LOS PRINCIPIOS DE IMPARCIALIDAD Y NEUTRALIDAD: SALA ESPECIALIZADA
31/agosto /2022 / Sala Regional Especializada 33/2022
CDMX
(SRE-PSD-21/2022)
En otro asunto, se acreditó la existencia de la infracción atribuida a diversas emisoras de la concesionaria Cadena Tres I, S.A. de C.V., consistente en la omisión de transmitir la pauta ordenada por el Instituto Nacional Electoral, porque en diversos periodos omitió difundir los promocionales, ni ofreció reprogramarlos, por lo que se le impuso una multa y se ordenó reponer la transmisión de dichos promocionales.
De igual forma, se dio vista al Instituto Federal de Telecomunicaciones para que, en el ejercicio de sus atribuciones, proceda respecto a la concesionaria responsable. (SRE-PSC-159/2022)