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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA REVOCÓ UNA DETERMINACIÓN DEL TRIBUNAL ELECTORAL DEL ESTADO DE JALISCO RELACIONADA CON LA OMISIÓN DE ENTREGA DE FINANCIAMIENTO PÚBLICO A UN PARTIDO LOCAL RESPECTO DEL MES DE DICIEMBRE DE 2022

10/agosto /2023 / Sala Regional Guadalajara 30/2023

LA SALA REGIONAL GUADALAJARA DEL TEPJF RESUELVE CO

 

En la sesión pública celebrada en esta fecha, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara revocó una sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Jalisco relacionada con la omisión de entrega de la ministración de financiamiento público al partido local Hagamos, correspondiente a diciembre de 2022.

En el juicio de revisión constitucional electoral 39 de este año, se determinó que no se encuentra en debate el derecho que constitucionalmente tiene el partido local a recibir financiamiento público para el desarrollo de sus actividades y que no le fue entregada la ministración de diciembre pasado.

Por tanto, se consideró que no resulta aplicable el principio de anualidad sobre el cual el tribunal local responsable basó su determinación, porque dicho principio se refiere a la obligación que tienen los partidos políticos de utilizar el financiamiento público dentro del ejercicio para el cual fue entregado y, en este caso, parte de ese recurso económico no se ha entregado; es decir, no se le puede aplicar al partido político un principio que lo obliga a ejercer un recurso o devolverlo al erario, cuando no lo ha recibido, sin que dicha omisión le sea atribuida.

En dicha sesión se resolvieron un juicio de la ciudadanía, un juicio electoral y dos juicios de revisión constitucional electoral, mismos que pueden ser consultados en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx