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DIVERSAS GUBERNATURAS VULNERARON LOS PRINCIPIOS DE IMPARCIALIDAD, EQUIDAD Y NEUTRALIDAD: SALA ESPECIALIZADA

29/agosto /2023 / Sala Regional Especializada 27/2023

CDMX

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, determinó que el presidente del PAN no realizó actos anticipados de precampaña y campaña por las expresiones que emitió en un evento proselitista en el Estado de México y por una nota periodística difundida en la revista “Proceso”, porque no hizo llamados expresos a votar por un partido, alguna candidatura o alguna expresión equivalente de cara al proceso electoral federal 2023-2024. Lo anterior dando cumplimiento a la sentencia emitida por la Sala Superior en el SUP-REP-762/2022.

 Además, se resolvió que diversas gubernaturas de diferentes estados de la República vulneraron los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad en la contienda al manifestar su respaldo a las aspiraciones de Enrique Vargas del Villar para obtener la candidatura del PAN a la gubernatura de esa entidad, mismas que trascendieron al electorado.

En consecuencia, se dio vista a los congresos locales respectivos para que determinen la responsabilidad de las gubernaturas involucradas, así como por el beneficio electoral que obtuvo el candidato denunciado, de igual forma, se impuso una multa al PAN por su responsabilidad indirecta (SRE-PSC-184/2022).

Por otra parte, en cumplimiento a la sentencia SUP-REP-155/2023, la Sala Especializada determinó que Claudia Sheinbaum Pardo, diversas personas servidoras públicas de Michoacán, la asociación civil “Que Siga la Democracia” y Rogelio Sosa Pulido no realizaron actos anticipados de campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos ni vulneración a los principios de imparcialidad, neutralidad y equidad, por su asistencia y participación en un evento celebrado el 28 de octubre de 2022, en el obelisco de Morelia, Michoacán.

Lo anterior, porque la entonces jefa de gobierno de la CDMX no asistió al evento cuya organización correspondió a la asociación civil -sin participación de MORENA, que incluso se deslindó-. Por otro lado, la presidenta municipal de Ziracuaretiro y Rogelio Sosa no son sujetos activos de los actos anticipados de campaña, y las expresiones de ese ciudadano se encuentran amparados por la libertad de expresión; por lo que respecta al resto de funcionariado denunciado no se acreditó que hicieran uso de la voz. Finalmente, se acreditó que MORENA no incumplió con las medidas cautelares, no obtuvo beneficio indebido ni faltó del deber al deslindarse del evento (SRE-PSC-48/2023).