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SRCDMX confirma resolución del TEEP que declaró la existencia de violencia política cometida en perjuicio de una persona que integró el ayuntamiento de San Salvador Huixcolotla

12/octubre /2023 / Sala Regional Ciudad de México 51/2023

Ciudad de México

  • Se confirma incidente de inejecución de sentencia del TEEP relativo a la restitución en el cargo de una regidora del ayuntamiento de Juan N. Méndez

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), por unanimidad, confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que, entre otras cuestiones, determinó que se había cometido violencia política contra quien integró el referido ayuntamiento.

Al dictar la sentencia en el juicio SCM-JDC-206/2023, el pleno consideró que no asistía razón a la parte actora sobre la dilación en el procedimiento especial sancionador de forma injustificada y estimó que no se le revictimizó como esta reclamó en su demanda, ya que se había decretado la expedición de medidas cautelares en su favor, las cuales se encontraron vigentes hasta la resolución de la controversia.

Respecto al resto de los agravios expresados por la parte actora, el pleno estimó que fue correcto que el TEEP determinara que no fue posible acreditar la correlación entre los hechos que repercutieron sobre su persona y las supuestas amenazas que le imputó a una de las personas denunciadas, sin que, dadas las particularidades del caso, pudiera operar en su favor la reversión de la carga de la prueba.

En consecuencia, la sala regional confirmó la resolución impugnada.

Pese a ello, debido a que el TEEP declaró la existencia de violencia política contra la parte actora por parte de las personas denunciadas, el pleno consideró oportuno dar vista a la Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas de Puebla para que se le proporcionaran las medidas de asistencia y atención que estimara conducentes, en aras de lograr una reparación integral a su favor.

Se confirma incidente de inejecución de sentencia del TEEP relativo a la restitución en el cargo de una regidora del ayuntamiento de Juan N. Méndez

La sala regional, por unanimidad, confirmó el incidente de inejecución de sentencia emitido por el TEEP que derivó del juicio que ordenó a la persona titular de la presidencia municipal del ayuntamiento de Juan N. Méndez integrar en su cargo a la parte actora, restituirla en sus derechos y obligaciones, y pagarle algunas remuneraciones.

Al resolver el juicio SCM-JDC-257/2023, el pleno concluyó que, en el incidente de inejecución de sentencia, el Tribunal local respondió de manera adecuada a cada una de las solicitudes presentadas por la parte actora. Por lo que no es correcto afirmar que no tomó las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de su resolución.

Se explicó que el TEEP estaba obligado únicamente a asegurar que se cumplieran los efectos establecidos en su resolución original, lo que implicó restituir el derecho político electoral de la parte actora, lo cual se pretende lograr al ordenar su reintegración en el cargo y el pago de las remuneraciones. Por lo que, cualquier otro planteamiento respecto a que se debe de evaluar la posibilidad de inscribir al denunciado al catálogo de personas sancionadas en materia VPMRG, debe ser revisado en el procedimiento especial sancionador, donde se abordarán estos asuntos de manera específica.

Por tanto, la sala regional confirmó el incidente de inejecución de sentencia impugnado.