header

LA SALA REGIONAL GUADALAJARA CONFIRMÓ LA SENTENCIA DEL TRIBUNAL ESTATAL ELECTORAL DE NAYARIT, RELACIONADA CON VIOLENCIA POLÍTICA EN RAZÓN DE GÉNERO ATRIBUIDA A DIVERSOS INTEGRANTES DEL AYUNTAMIENTO DE IXTLÁN DEL RÍO.

22/noviembre /2023 / Sala Regional Guadalajara 43/2023

GUADALAJARA, JALISCO

 

En la sesión pública celebrada en esta fecha, el Pleno de la Sala Regional Guadalajara confirmó la resolución del Tribunal Estatal Electoral de Nayarit, que declaró inexistente la infracción consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género, derivada de expresiones atribuidas a diversos integrantes del ayuntamiento de Ixtlán del Río, en la citada entidad.

Lo anterior, porque las frases denunciadas por la parte actora no constituyen estereotipos discriminatorios en razón de género, pues se revelaron en el contexto de un debate político en sesiones del ayuntamiento en que se analizaban y discutían temas de interés municipal, debiendo existir un intercambio de ideas espontáneo y sobre las cuales los límites a la crítica aceptable son más amplios al tratarse de funcionarias públicas.

Es decir, de las manifestaciones objeto de la denuncia no se advirtió discriminación en razón de género, al no cuestionarse el conocimiento de las actoras por el simple hecho de ser mujeres, ni se les minimizó, intimidó o amenazó, sino que surgieron en el marco de la discusión de temas municipales; tampoco se evidenció violencia, ni situación de desventaja o de poder por cuestiones de género, ni se acreditó la violación a su derecho político-electoral de ejercicio del cargo, ya que no se transgredió su facultad de participar con voz y voto en las referidas sesiones e inclusive, hicieron uso de la misma para dar respuesta a las frases que consideraron violatorias.

Por lo anterior se concluyó que no se acreditó la infracción consistente en violencia política de género en su perjuicio, confirmando la sentencia controvertida. (SG-JDC-92/2023)

En dicha sesión se resolvió un juicio de la ciudadanía, mismo que puede ser consultado en el portal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx