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SAMUEL GARCÍA DIFUNDIÓ PROPAGANDA QUE VULNERÓ EL INTERÉS SUPERIOR DE LA NIÑEZ: SALA ESPECIALIZADA

25/enero /2024 / Sala Regional Especializada 3/2024

CDMX

 La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación determinó que Claudia Sheinbaum, Gerardo Fernández Noroña, Marcelo Ebrard Casaubón, Adán Augusto López Hernández y Manuel Velasco Coello, no cometieron actos anticipados de precampaña y campaña, promoción personalizada, uso indebido de recursos públicos, vulneración a principios constitucionales ni adquirieron tiempos en televisión con la difusión de contenido elaborado por el Sistema Público de Radiodifusión.

La difusión se dio en el marco de su participación en el proceso de selección de la persona coordinadora de los comités de defensa de la Cuarta Transformación a nivel nacional.

La decisión se tomó, porque los contenidos denunciados no constituyeron propaganda electoral que tuviera la intención de influir en las preferencias de la ciudadanía; tampoco hubo llamados a votar en la elección presidencial ni se solicitó apoyo para obtener alguna precandidatura o candidatura de cara al proceso electoral federal 203-2024.

Las concesionarias de canal 14 y canal 11, así como Jenaro Villamil, titular del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano, también fueron denunciados, pero las infracciones tampoco se acreditaron (SRE-PSC-14/2024).

En sesión pública, el Pleno también determinó que la diputada federal, Salma Luévano, no cometió violencia política de género ni calumnia en contra de una legisladora, a través de videos publicados en las redes sociales X, Instagram y Facebook, emitidos en el contexto del fallecimiento de le magistrade electoral, Ociel Baena.

Lo anterior, porque de los videos denunciados no se advierte que la diputada atribuyera estereotipos o roles de género que constituyan algún tipo de violencia o discriminación por el solo hecho de ser mujer.

Salma Luévano publicó los mensajes en su calidad de integrante de la comunidad de la diversidad sexual y en ellos externó su posicionamiento sobre los discursos de odio que ponen en riesgo a quienes integran esa comunidad, con la finalidad de garantizar su seguridad e integridad (SRE-PSC-11/2024).

La Sala Especializada también determinó que el gobernador de Nuevo León, Samuel García, difundió propaganda gubernamental que vulneró el interés superior de la niñez, al incluir en ella rostros de niñas, niños y adolescentes sin cubrir sus rostros, pese a no contar con permisos para mostrarlos.

Por esta infracción, García Sepúlveda fue multado con 10 mil 374 pesos y Movimiento Ciudadano (por faltar a su deber de cuidado) con 31 mil 122 pesos (SRE-PSC-16/2024).

En otro asunto, el gobernador de Nuevo León también fue responsabilizado por el incumplimiento de medidas de cautelares. Se ordenó dar vista al Congreso de Nuevo León para que determine lo que en derecho corresponda (SRE-PSL-3/2024).