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LA SALA REGIONAL XALAPA RESOLVIÓ DIVERSOS ASUNTOS SOBRE OBSTRUCCIÓN DEL CARGO, REMUNERACIONES, VIOLENCIA POLÍTICA POR RAZÓN DE GÉNERO Y FISCALIZACIÓN

10/Septiembre/2025 / Sala Regional Xalapa 31/2025

Xalapa, Veracruz

En sesión pública, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió diversos medios de impugnación relacionados con el ejercicio de derechos político-electorales, cumplimiento de sentencias y fiscalización de gastos de campaña de personas candidatas a juzgadoras, de diversos estados que componen la III Circunscripción Electoral.

 

De los asuntos sesionados por la nueva integración que conforma el Pleno de la Sala Regional Xalapa, se destaca lo siguiente:

 

En el juicio SX-JDC-632/2025, se confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), que declaró fundado el agravio por derecho de petición y desestimó los señalamientos por obstrucción del cargo del titular de la regiduría de Asuntos Indígenas y Afromexicanos del Ayuntamiento de Santa Cruz Xoxocotlán.

 

En lo que corresponde al SX-JDC-639/2025, se declararon parcialmente fundados los agravios relativos a la omisión y dilación del TEEO de hacer cumplir una sentencia relacionada con actos de obstrucción y violencia política en razón de género (VPG) en contra de una exintegrante del Ayuntamiento de Santa María Tecomavaca. En consecuencia, se ordenó al Tribunal local insistir en el cumplimiento total de su sentencia. 

 

Por otra parte, en los juicios ciudadanos federales SX-JDC-640/2025 y SX-JG-141/2025, el Pleno de la Sala confirmó la resolución del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV), que declaró fundada la omisión del Ayuntamiento de Chalma referente al pago de dietas a agentes y subagentes municipales. Ello, porque el TEV sí tiene competencia para conocer y ordenar el pago de dietas, ya que se encuentra vinculado con un derecho político-electoral tutelable por las autoridades de la materia y no les asiste razón a los agentes demandantes respecto de su inclusión en el pago ordenado en presupuestos anteriores.

 

En otro asunto, en el SX-JDC-652/2025, se declararon parcialmente fundados los agravios relativos a la omisión y dilación del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), por la falta de implementación de medidas eficaces para hacer cumplir una sentencia relativa a la obstrucción al ejercicio del cargo e inexistente la violencia política en razón de género (VPG) en contra de una funcionaria del Ayuntamiento de Ciénega de Zimatlán.

 

Lo anterior, porque el Tribunal local sí adoptó medidas suficientes para conseguir el cumplimiento de una parte de la sentencia reclamada, en tanto que también ha desplegado nuevas acciones orientadas a garantizar su acatamiento integral, dentro del marco legal aplicable.

 

En materia de fiscalización de gastos de campaña, la Sala Regional Xalapa confirmó diversas resoluciones del Instituto Nacional Electoral (INE), relacionadas con las candidaturas a personas juzgadoras en los estados de Yucatán y Veracruz durante el Proceso Electoral Extraordinario 2024-2025.

 

En el expediente SX-RAP-95/2025, se confirmó la resolución del INE que identificó irregularidades en los informes de gastos de campaña de personas candidatas a juzgadoras en Yucatán. La Sala determinó que no hubo falta de fundamentación ni motivación en el dictamen impugnado por la otrora candidata a magistrada del Tribunal de Disciplina en la referida entidad.

 

Respecto al expediente SX-RAP-97/2025, se validó la sanción impuesta a un excandidato a una magistratura de materia civil en Veracruz, al acreditarse que el INE actuó con exhaustividad y conforme al marco jurídico aplicable.

 

Finalmente, en el expediente SX-RAP-98/2025, se ratificó la sanción económica determinada por el INE en contra de una excandidata a jueza del Tribunal Superior de Justicia de Veracruz. Esto, porque el INE sí consideró su capacidad económica al momento de emitir la resolución que ahora controvierte.

 

En la sesión pública celebrada el 10 de septiembre, se resolvieron 11 medios de impugnación: 4 juicios ciudadanos federales, 4 recursos de apelación, 2 juicios generales y un asunto general.

 

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