La Sala Regional CDMX confirma resolución del TECDMX sobre el requisito de antigüedad en la militancia del PAN
24/Octubre /2025 / Sala Regional Ciudad de México 69/2025
Ciudad de México
La Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México, que avaló la decisión del Partido Acción Nacional (PAN) de no permitir la participación de un militante en la elección de sus órganos de dirección, al no cumplir con el requisito de tener cinco años de antigüedad.
El militante había renunciado previamente a su afiliación y se reincorporó al partido en 2022. Por ello, la Sala consideró correcto que el cómputo de su antigüedad comenzara a partir de esa nueva fecha, y no se sumaran los años anteriores a su renuncia.
Al resolver el juicio SCM-JDC-329/2025, el Pleno sostuvo que la renuncia a la militancia implica la extinción de los derechos y obligaciones partidistas, por lo que una nueva afiliación inicia un nuevo periodo de antigüedad.
Con esta decisión, la SRCDMX reafirma que los partidos políticos pueden establecer reglas internas para fortalecer la cohesión y compromiso de su militancia, siempre que estas se apliquen conforme a los principios de legalidad y respeto a los derechos político-electorales.