La Sala Regional CDMX revoca resolución del TEEP al actualizarse la caducidad en un procedimiento sancionador
19/Noviembre /2025 / Sala Regional Ciudad de México 73/2025
Ciudad de México
La Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla que declaró la existencia de las infracciones denunciadas y sancionó al promovente.
Al resolver el juicio SCM-JG-81/2025, el Pleno de la Sala Regional determinó que la facultad sancionadora de la autoridad local caducó, ya que transcurrió en exceso el plazo legal para instruir y resolver el procedimiento especial sancionador (PES).
La Sala destacó que, conforme a los criterios establecidos por la Sala Superior, el plazo para que se actualice la caducidad en el PES es de un año, contado a partir de la presentación de la denuncia; lo que en este caso se actualizó, toda vez que transcurrió casi un año y nueve meses en la tramitación del procedimiento y la emisión de la resolución sancionadora, sin que la autoridad justificara razonablemente dicha dilación.
Con esta determinación, la SRCDMX reafirma que las autoridades electorales deben observar los plazos establecidos para ejercer su potestad sancionadora, a fin de garantizar la certeza y legalidad en la resolución de los procedimientos especiales sancionadores.