SALA REGIONAL TOLUCA RESUELVE 15 JUICIOS CON FOCO EN VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO, VÍAS PROCESALES E INDEBIDO ANÁLISIS DEL MATERIAL PROBATORIO.
11/Diciembre /2025 / Sala Regional Toluca 59/2025
Toluca, Estado de México
Toluca, Estado de México, 11 de diciembre de 2025
59/2025
Durante la Sesión Pública de Resolución celebrada el pasado jueves 4 de diciembre, la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió 15 juicios para la protección de los derechos político-electorales de la ciudadanía (JDC), centrados en violencia política en razón de género, vías procesales y la omisión de realizar un análisis exhaustivo del material probatorio.
Juicio de la Ciudadanía 289 – Procedimiento interno de Morena, Querétaro.
¿Qué se impugnó?
La sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro, que confirmó la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, la cual consideró que únicamente una persona de las cuatro que fueron denunciadas infringió la normativa y principios del partido, por lo que le impuso la sanción de amonestación pública.
¿Qué resolvió la Sala?
Confirmó la sentencia impugnada al calificar los agravios como infundados e inoperantes, al no haberse no combatirse los motivos y fundamentos de la sentencia local respecto de las pruebas y su valoración.
Juicios de la Ciudadanía 291 y JDC 300 – Presunta violencia política en razón de género en el Ayuntamiento de Cuautitlán Izcalli
¿Qué se impugnó?
La resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México, en la que determinó la inexistencia de actos constitutivos de violencia política en razón de género, al establecer que las acciones y omisiones denunciadas se acreditaron la infracción, ya que tales conductas no fueron motivadas por algún estereotipo de género.
¿Qué resolvió la Sala?
- Acumuló ambos expedientes.
- Por mayoría de votos, revocó parcialmente la resolución del Tribunal Electoral mexiquense, al haberse limitado a dejar a salvo los derechos de la parte actora para controvertir la presunta obstrucción del ejercicio de su cargo, en lugar de escindir del procedimiento sancionador, e integrar un nuevo juicio en el que se pudieran desahogar los restantes planteamientos de las partes actoras, y determinar sobre la posible existencia de la referida violación a sus derechos.
- Ordenó escindir lo relativo a la obstrucción al cargo, para que se tramite un nuevo procedimiento.
- Ordenó la protección de los datos personales de las partes.
Juicio de la Ciudadanía 299 – Procedimiento sancionador ordinario por violaciones a la normativa interna de Morena en Querétaro
¿Qué se impugnó?
La resolución del Tribunal Electoral de Querétaro, que confirmó la diversa dictada por la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, en un procedimiento sancionador ordinario, al desestimar los motivos de disenso propuestos y considerar que la misma fue emitida conforme a derecho.
¿Qué resolvió la Sala?
Confirmó la resolución, al considerar infundados los agravios y determinar que errores formales no trascendieron en la valoración probatoria ni al sentido de la resolución.
Juicios de la ciudadanía 307, 308 y 309 – Presunta violencia política en razón de género en el Ayuntamiento de Teoloyucan
¿Qué se impugnó?
La resolución del Tribunal Electoral del Estado de México dictada en el procedimiento especial sancionador que declaró inexistente la violencia política contra las mujeres en razón de género y la violencia política, y ordenó a la Secretaria General de Acuerdos de ese Tribunal, iniciara un juicio de la ciudadanía.
¿Qué resolvió la Sala?
- La acumulación de los expedientes.
- Declaró inexistente la resolución,en razón a que no fue aprobada por mayoría, ya que tal y como se advierte de su apartado de votación, de cuatro magistraturas presentes, dos votaron en contra, una en lo general y la otra de manera parcial en cuanto al resolutivo segundo, lo que desde luego evidencia que ello no alcanzó la mayoría de tres votos requeridos para la aprobación del acto.
- Por ende, se dejaron insubsistentes todos los actos llevados a cabo en cumplimiento al punto segundo resolutivo.
- Ordenó proteger datos y conminó al tribunal local.
Juicio de la Ciudadanía 312 – Presunta obstrucción del cargo y violencia política por razón de género en el Ayuntamiento de Morelos
¿Qué se impugnó?
La sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de México que, entre otras cuestiones, declaró la obstrucción del encargo y la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género, en perjuicio de la parte promovente.
¿Qué resolvió la Sala?
Se revocó parcialmente la sentencia impugnada, sobre la base de que el Tribunal local dejó de analizar de manera contextual e integral la totalidad de los hechos que expresó la parte actora, así como las pruebas ofrecidas, lo que impidió motivar conforme a derecho lo relativo a las compensaciones.
Juicio de la Ciudadanía 298 – Posible violencia digital por razón de género en Tanhuato.
¿Qué se impugnó?
La resolución del Tribunal Electoral de Michoacán que declaró la inexistencia de violencia política contra las mujeres en razón de género, derivado de diversas expresiones en contra de las actoras, así como la difusión de un meme y un sticker, al determinar que no constituían violencia digital basada en el género de las partes actoras.
¿Qué resolvió la Sala?
Revocó la resolución controvertida, al considerar que la responsable no tomó en cuenta la totalidad de los argumentos de la queja y las pruebas que integran el expediente, por lo que se ordenó analizar los medios de convicción mediante un estudio integral, contextual y con perspectiva de género.
Juicios de la Ciudadanía 317 a 321 – Prestaciones derivadas del ejercicio del cargo en el Ayuntamiento de Ocuilan.
¿Qué se impugnó?
El acuerdo plenario dictado por el Tribunal Electoral del Estado de México, que tuvo por parcialmente cumplida una sentencia incidental.
¿Qué resolvió la Sala?
El Pleno declaró improcedentes los cinco juicios toda vez que el acuerdo controvertido no constituye un acto definitivo ni firme que afecte de manera irreparable el derecho subjetivo de las partes actoras.
Documento con fines de divulgación. Las sentencias son la única versión oficial.
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