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La Sala Regional CDMX revoca la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Puebla que tuvo por cumplidas las medidas de reparación ordenadas en un procedimiento relacionado con violencia política de género

18/Diciembre /2025 / Sala Regional Ciudad de México 77/2025

Ciudad de México

La Sala Regional Ciudad de México (SRCDMX) del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación revocó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP) que, en un incidente de inejecución, tuvo por cumplida la sentencia que se acreditó la violencia política contra las mujeres en razón de género y ordenó la emisión de disculpas públicas como medidas de reparación.

La persona actora controvirtió dicha determinación al considerar que el tribunal local avaló un cumplimiento defectuoso de las medidas de reparación, ya que la disculpa se difundió en una cuenta de reciente creación de la red social X; la cual era distinta a aquella en la que se cometió la conducta y con un alcance significativamente menor. En cuanto a la disculpa publicada en un medio de comunicación, la actora estimó que no contó con el formato ni dimensiones equivalentes a la nota que originó el agravio.

Al resolver el juicio SCM-JDC-355/2025, el Pleno de la SRCDMX consideró sustancialmente fundados los planteamientos, al sostener que tratándose de medidas de reparación, como la disculpa pública, debe garantizarse una reparación integral y proporcional, con un impacto equiparable al de la afectación sufrida. En ese sentido, precisó que no basta con publicar en la misma red social si ello se hace desde una cuenta distinta y de alcance reducido; además, se consideró que el Tribunal local debió verificar de manera exhaustiva la imposibilidad de acceder a la cuenta original antes de tener por cumplida la medida, así como analizar si la publicación en el medio impreso reunía características equivalentes a la nota que generó el daño.

Con esta decisión, la Sala Regional Ciudad de México reafirma que las medidas de reparación en casos de violencia política contra las mujeres en razón de género deben cumplirse de manera efectiva, garantizando que las disculpas públicas tengan un alcance e impacto proporcional al daño ocasionado.