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La Sala Regional Guadalajara resuelve tres asuntos relevantes en su Sesión Pública No. 3.

28/Enero /2026 / Sala Regional Guadalajara 4/2026

Sala Regional Guadalajara

En su tercera sesión pública del año, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió tres asuntos que subrayan su función como garante de los derechos político-electorales de la ciudadanía y del respeto a la legalidad en los procesos electorales. Las sentencias corresponden a los expedientes SG-JDC-4/2026, SG-JDC-6/2026 y SG-JG-2/2026.

SG-JDC-4/2026 - Violencia política contra las mujeres en razón de género

La Sala Regional Guadalajara confirmó que no puede tratarse como asunto electoral una denuncia de violencia política contra las mujeres en razón de género, cuando los hechos denunciados no guardan una relación directa con un proceso electoral, ni con el ejercicio de derechos político-electorales en sentido estricto.

La Sala reiteró que, para que una queja pueda ser conocida por la vía electoral, debe existir una afectación real e inmediata a derechos como votar, ser votada o participar en condiciones de equidad en un proceso electoral. En caso contrario, el conocimiento del asunto corresponde a otras instancias legales.

SG-JDC-6/2026 - Se confirma sanción impuesta en procedimiento por violencia política de género 

En el expediente SG-JDC-6/2026, la Sala Regional Guadalajara confirmó la resolución emitida por el Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, dictada dentro de un procedimiento especial sancionador relacionado con violencia política contra las mujeres en razón de género.

La Sala consideró que los agravios planteados fueron ineficaces, al no controvertir de manera directa y frontal las razones que sustentaron la determinación de la autoridad local, particularmente en lo relativo a la calificación de la conducta, la individualización de la sanción y las medidas de reparación. En consecuencia, se mantuvo firme la sanción impuesta, al estimarse que fue debidamente fundada, motivada y proporcional conforme al marco legal aplicable.

SG-JG-2/2026 - Concluye juicio por desistimiento del promovente 

En el expediente SG-JG-2/2026, la Sala tuvo por no presentada la demanda, luego de que la persona promovente se desistió del juicio y no ratificó dicho desistimiento dentro del plazo legal.

Al no existir ya una voluntad expresa de continuar con el medio de impugnación, el asunto se dio por concluido sin entrar al análisis de fondo, conforme a las reglas procesales que rigen los juicios electorales.

Con estas tres resoluciones se refrenda el compromiso de la Sala Regional Guadalajara del TEPJF con la defensa de los derechos político-electorales y el respeto a la legalidad de los actos de las autoridades electorales.