Sesión Pública de la Sala Regional Guadalajara número 13
07/Abril /2026 / Sala Regional Guadalajara 20/2026
Guadalajara
En la sesión pública número 13 del año 2026, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió ocho medios de impugnación, relacionados principalmente con fiscalización de recursos de partidos políticos y omisiones de tribunales electorales locales en Jalisco.
Desechamientos por cambio de situación jurídica
La Sala resolvió cuatro juicios de la ciudadanía en los que se alegaba la omisión de resolver medios de impugnación en el ámbito local. En todos los casos, se determinó el desechamiento de las demandas, al actualizarse un cambio de situación jurídica que dejó sin materia los asuntos.
Esto ocurrió porque los tribunales locales ya habían emitido resolución respecto de los medios originalmente impugnados, lo que extingue la controversia.
Los asuntos resueltos en este sentido fueron:
• SG-JDC-49/2026
• SG-JDC-711/2026
• SG-JDC-380/2026
• SG-JDC-712/2026
La Sala reiteró que, conforme a la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación, cuando el acto reclamado desaparece o se modifica, el medio de defensa queda sin materia y no es posible emitir un pronunciamiento de fondo.
Confirmación de sanciones en materia de fiscalización
En materia de fiscalización, la Sala Regional confirmó diversas resoluciones del Consejo General del Instituto Nacional Electoral relacionadas con la revisión de informes anuales de ingresos y gastos de partidos políticos.
Movimiento Ciudadano – Jalisco
En el recurso SG-RAP-11/2026, la Sala confirmó sanciones impuestas al partido por irregularidades en el manejo de recursos, particularmente por no acreditar adecuadamente el objeto partidista de diversos gastos, incluidos alimentos y prestaciones.
Se determinó que los agravios eran ineficaces, al no controvertir de manera directa las razones de la autoridad fiscalizadora.
Partido Revolucionario Institucional – Baja California
En el expediente SG-RAP-8/2026, se confirmó la sanción derivada de la omisión de reportar comprobantes fiscales en el sistema de fiscalización, lo cual constituye una infracción sustantiva que afecta la transparencia y rendición de cuentas.
La Sala concluyó que no se vulneró el derecho de audiencia del partido, pues tuvo oportunidad de atender las observaciones durante el procedimiento.
Partido Revolucionario Institucional – Sonora
En el recurso SG-RAP-9/2026, la Sala confirmó diversas sanciones relacionadas con:
• Gastos no vinculados a actividades específicas
• Incumplimiento en el uso de recursos para liderazgo político de las mujeres
• Falta de acreditación del destino de recursos públicos
Se determinó que los agravios eran infundados o ineficaces, al no desvirtuar las conclusiones técnicas del dictamen consolidado.
Partido Verde Ecologista de México – Baja California Sur
En el expediente SG-RAP-14/2026, se confirmó una sanción por egresos no reportados, al considerar que el partido no presentó documentación ni aclaraciones en el momento procesal oportuno.
La Sala enfatizó que el recurso de apelación no puede utilizarse para subsanar omisiones que debieron atenderse durante la etapa de fiscalización.
Conclusión general de la sesión
La Sala Regional Guadalajara reafirmó criterios relevantes en materia electoral:
• La improcedencia por falta de materia cuando desaparece el acto reclamado.
• La obligación de los partidos políticos de acreditar plenamente el destino de los recursos públicos.
• La importancia de atender en tiempo y forma los oficios de errores y omisiones dentro del proceso de fiscalización.
Consulta de las resoluciones
Las sentencias completas, así como el video de la sesión pública, pueden consultarse en el portal oficial del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.