Sala Regional Ciudad de México confirma resolución sobre inexistencia de violencia política de género en Guerrero
09/Abril /2026 / Sala Regional Ciudad de México 13/2026
Ciudad de México
Versión ciudadana
Sala Regional confirma que no se comprobó violencia política de género
Una mujer denunció violencia política de género, al resolver el asunto el Tribunal Electoral de Guerrero determinó por una parte que no se comprobaron los hechos denunciados; y respecto los hechos acreditados no se actualizó la infracción.
Al revisar el caso, la Sala Regional Ciudad de México confirmó esa decisión, ya que sí se analizaron las pruebas y no todos los hechos denunciados quedaron acreditados; además tampoco se acreditaron los elementos para determinar la existencia de la infracción.
Por ello, se mantuvo la resolución del Tribunal local.
¿Qué significa esta decisión para la ciudadanía?
Que para acreditar este tipo de violencia es necesario comprobar los hechos con pruebas suficientes, y las autoridades analizar las conductas con base en lo que realmente se demuestra.
Sala Regional Ciudad de México confirma resolución sobre inexistencia de violencia política de género en Guerrero
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-36/2026, promovido para controvertir la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero que declaró inexistente la infracción de violencia política contra las mujeres en razón de género denunciada por la parte actora.
Al analizar el caso, la Sala Regional desestimó los agravios formulados por la actora, ya que el Tribunal local sí realizó una valoración de los medios de prueba que integraban el expediente y concluyó que no se acreditaban la totalidad de los hechos señalados en la queja.
Asimismo, la Sala consideró que fue correcto que la autoridad responsable analizara si se actualizaban los elementos establecidos en la jurisprudencia 21/2018 de rubro: “VIOLENCIA POLÍTICA DE GÉNERO. ELEMENTOS QUE LA ACTUALIZAN EN EL DEBATE POLÍTICO”, únicamente respecto de los hechos acreditados.
En consecuencia, la Sala Regional confirmó la resolución impugnada.