La Sala Xalapa del TEPJF resuelve impugnaciones en elecciones de concejalías municipales, con apego a los sistemas normativos indígenas en Oaxaca
15/Abril /2026 / Sala Regional Xalapa 15/2026
Xalapa Ver.
Xalapa, Veracruz.— En sesión pública de resolución, la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió en los siguientes términos:
En el expediente SX-JDC-62/2026, revocó la decisión del Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), en el expediente JNI/29/2026 y acumulado, que confirmó a su vez el acuerdo del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana del referido estado (IEEPCO) IEEPCO-CG-SNI-432/2025, que declaró jurídicamente válida la elección de concejalías del municipio de Coicoyán de las Flores.
Ante la falta de certeza respecto de los actos celebrados en la asamblea electiva de concejalías, la Sala declaró inválida la asamblea. Como consecuencia instruyó a realizar una nueva elección, en los términos del sistema normativo vigente, que garantice el derecho de votar y ser votada de toda la ciudadanía del municipio.
En este sentido, se vinculó al Consejo General del IEEPCO para que, en el ámbito de sus atribuciones, coadyuve en la preparación, desarrollo y vigilancia de la nueva elección.
De igual forma, se vinculó al Gobernador del Estado de Oaxaca para que, a la brevedad, designe a un comisionado municipal provisional, el cual se encargará de atender, de forma eventual, los servicios básicos en el referido municipio, así como al Congreso del Estado para que, previa propuesta del Gobernador del Estado proceda a designar a un concejo municipal, el cual permanecerá en funciones hasta la celebración de la nueva elección y la toma de posesión de las autoridades electas.
En el expediente SX-JDC-94/2026 y acumulado,confirmó la resolución emitida por el Tribunal Electoral del Estado de Oaxaca (TEEO), en el expediente JNI/02/2026 y acumulados, que confirmó el acuerdo del Consejo General del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Oaxaca (IEEPCO), que calificó como jurídicamente válida la elección de concejalías para el periodo 2026-2028, del municipio de San Lucas Zoquiapam, Oaxaca.
Ello, al no acreditarse que las autoridades auxiliares fueran excluidas de la organización de la elección, ya que su participación se limita a reuniones para proponer la fecha de la asamblea; asimismo, la celebración de la elección en miércoles no vulneró el sistema normativo ni afectó la participación ciudadana, pues se registró una alta votación. La sustitución realizada un día antes se consideró válida, conforme a la práctica comunitaria observada en procesos previos, y se confirmó que la ciudadanía vota por planillas en conjunto, sin que se demostrara violación a este método.
Tampoco se probaron actos de violencia política de género ni discriminación en perjuicio de la actora; sin embargo, al tratarse de una mujer indígena, se ordenó investigar los hechos mediante el procedimiento sancionador correspondiente, con un enfoque diferenciado y especializado.
Con estas resoluciones, la Sala Regional Xalapa reafirma su compromiso con la protección y respeto de los sistemas normativos indígenas de las comunidades, garantizando procesos electivos apegados a sus prácticas tradicionales, sin dejar de observar los principios constitucionales de legalidad, igualdad y acceso efectivo a la justicia, especialmente bajo un enfoque intercultural y con perspectiva de género.
En la sesión pública celebrada el 15 de abril, se resolvieron 20 medios de impugnación: 7 juicios de la ciudadanía, 1 juicio general y 12 recursos de apelación.
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