LA SALA REGIONAL GUADALAJARA CELEBRÓ SU DÉCIMA CUARTA SESIÓN PÚBLICA
16/Abril /2026 / Sala Regional Guadalajara 21/2026
Guadalajara
La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación celebró su décima cuarta sesión pública, en la que resolvió lo siguiente:
SG-JDC-34/2026 y acumulado SG-JDC-38/2026
¿Cuál era el problema?
Se impugnó una resolución de un tribunal electoral local que determinó la existencia de violencia política contra las mujeres en razón de género derivada de diversas publicaciones realizadas en el contexto de una campaña electoral.
¿Qué resolvió la Sala?
La Sala revocó parcialmente la resolución impugnada.
¿Qué significa esto?
El Tribunal concluyó que no se acreditó el elemento de género en las expresiones denunciadas, por lo que no se configuró la infracción. Además, determinó que, en el contexto electoral, el margen de tolerancia frente a la crítica es más amplio, especialmente tratándose de candidaturas a cargos públicos.
También se estableció que las expresiones analizadas se enmarcaron en el ejercicio legítimo de la libertad de expresión y en el derecho a defender la democracia, particularmente en temas relacionados con la independencia judicial.
En cuanto a los medios de comunicación, se confirmó la inexistencia de la infracción, al considerar que su actuación se mantuvo dentro del ejercicio informativo legítimo, sin uso de estereotipos de género ni trato diferenciado por razón de sexo.
SG-JDC-42/2026
¿Cuál era el problema? Se impugnó una sanción por no cumplir medidas cautelares dentro de un procedimiento sancionador.
¿Qué resolvió la Sala? Se confirmó la resolución impugnada.
¿Qué significa esto? La Sala sostuvo que las medidas de apremio son válidas cuando buscan hacer cumplir decisiones previas de la autoridad, siempre que se respete el debido proceso.
SG-JDC-139/2026
¿Cuál era el problema? Se reclamaba que una autoridad no había resuelto un medio de impugnación
¿Qué resolvió la Sala? Se desechó la demanda.
¿Qué significa esto? El asunto quedó sin materia porque la autoridad ya había emitido la resolución correspondiente. Cuando el problema desaparece, el juicio ya no puede continuar.
SG-JDC-714/2026
¿Cuál era el problema? Se cuestionó la legalidad de una resolución emitida por un tribunal local.
¿Qué resolvió la Sala? Se confirmó la resolución.
¿Qué significa esto? El Tribunal consideró que la autoridad actuó conforme a derecho y respetó las reglas del procedimiento.
SG-JDC-715/2026
¿Cuál era el problema? Se impugnó una sanción relacionada con violencia política de género.
¿Qué resolvió la Sala? Se confirmó la resolución.
¿Qué significa esto? La Sala sostuvo que los hechos estaban vinculados con la vida interna de un partido político, por lo que la sanción fue válida, incluso si la persona ya no era militante al momento de resolverse.
SG-JDC-717/2026
¿Cuál era el problema? Se reclamó que una autoridad no respondió adecuadamente solicitudes ciudadanas.
¿Qué resolvió la Sala? Se confirmó la resolución.
¿Qué significa esto? El Tribunal concluyó que la autoridad sí respondió conforme a derecho y dentro de sus facultades.
SG-JG-17/2026
¿Cuál era el problema? Se denunció que un tribunal electoral no resolvió un asunto en tiempo.
¿Qué resolvió la Sala? Se declaró existente la omisión.
¿Qué significa esto? La Sala ordenó resolver en un plazo breve, reiterando que la justicia electoral debe ser pronta y efectiva.
SG-RAP-7/2026
¿Cuál era el problema? El PRI impugnó sanciones por irregularidades en sus informes financieros.
¿Qué resolvió la Sala? Se confirmó la sanción.
¿Qué significa esto? El Tribunal reiteró que los partidos deben acreditar plenamente el destino de los recursos públicos.
SG-RAP-10/2026
¿Cuál era el problema? Se impugnaron sanciones por omisiones en informes de precampaña.
¿Qué resolvió la Sala? Se confirmó la resolución del INE.
¿Qué significa esto? No basta con negar irregularidades, deben demostrarse con pruebas.
SG-RAP-13/2026.
¿Cuál era el problema?
El PAN impugnó una sanción impuesta por el INE al considerar que no acreditó el uso partidista de gastos por concepto de gasolina por más de un millón de pesos.
¿Qué resolvió la Sala?
La Sala revocó parcialmente la resolución impugnada.
¿Qué significa esto?
El Tribunal determinó que la autoridad electoral no analizó de manera exhaustiva la documentación presentada por el partido, particularmente la relacionada con las bitácoras de consumo y reclasificaciones contables.
Por ello, concluyó que se incumplió con el principio de exhaustividad en la valoración de pruebas, lo que afecta la legalidad de la sanción.
En consecuencia, se ordenó emitir una nueva resolución en la que se analicen correctamente los elementos aportados por el partido.
SG-RAP-15/2026
¿Cuál era el problema? Se impugnaron diversas sanciones en materia de fiscalización.
¿Qué resolvió la Sala? Se revocó parcialmente la resolución.
¿Qué significa esto? El Tribunal ordenó emitir una nueva sanción mejor motivada, porque la autoridad no explicó por qué aplicó una pena más alta de lo mínimo.