Sala Regional Ciudad de México revoca nulidad de asamblea comunitaria sobre presupuesto participativo en Villa Milpa Alta
07/Mayo /2026 / Sala Regional Ciudad de México 22/2026
Ciudad de México
Versión ciudadana
Sala Regional Ciudad de México valida asamblea comunitaria de Villa Milpa Alta sobre presupuesto participativo
Habitantes del pueblo originario de Villa Milpa Alta realizaron una Asamblea para elegir dos proyectos que propondrían en la consulta de presupuesto participativo 2026 y 2027; sin embargo, el Tribunal Electoral de la Ciudad de México anuló dicha Asamblea.
Al revisar el caso, la Sala Regional Ciudad de México consideró que no se analizó adecuadamente el contexto comunitario ni las particularidades del pueblo originario de Villa Milpa Alta, que actualmente atraviesa un proceso de transición por el reconocimiento como pueblo originario, ocurrido en fecha reciente.
La Sala también advirtió que la Asamblea contó con una amplia participación de habitantes, se desarrolló sin incidentes y permitió alcanzar acuerdos casi unánimes sobre los proyectos a presentar.
Por ello, revocó la decisión que había invalidado dicha Asamblea.
¿Qué significa esta decisión para la ciudadanía?
La resolución reconoce la importancia de respetar las formas de organización y participación de los pueblos originarios, especialmente en decisiones comunitarias relacionadas con el presupuesto participativo.
Sala Regional Ciudad de México revoca nulidad de asamblea comunitaria sobre presupuesto participativo en Villa Milpa Alta
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió los juicios de la ciudadanía SCM-JDC-116/2026, SCM-JDC117/2026 y SCM-JDC-118/2026, promovidos por personas habitantes del pueblo originario de Villa Milpa Alta, en la alcaldía Milpa Alta, contra la resolución del Tribunal Electoral de la Ciudad de México que anuló la asamblea celebrada el veintiséis de marzo, en la que se eligieron dos proyectos para participar en la consulta de presupuesto participativo correspondiente a los ejercicios fiscales 2026 y 2027.
Al analizar el caso, la Sala Regional determinó que el Tribunal local no resolvió la controversia con perspectiva intercultural, ya que dejó de valorar integralmente el contexto en el que se emitió la convocatoria y se desarrolló la Asamblea comunitaria.
La Sala consideró relevante que la convocatoria se emitió por personas habitantes del pueblo y no por quienes integran la Comisión de Participación Ciudadana (COPACO), además destacó que Villa Milpa Alta atraviesa un proceso de transición de colonia a pueblo originario, lo que generó un contexto inédito para la realización de la jornada deliberativa.
Asimismo, de las constancias del expediente se advirtió que la Asamblea contó con amplia participación de personas habitantes del pueblo, se desarrolló sin incidentes y permitió alcanzar acuerdos prácticamente unánimes para registrar dos proyectos ante la Alcaldía.
Por ello, la Sala Regional revocó la resolución impugnada, con lo cual se ordenó reincorporar los proyectos propuestos a la consulta de presupuesto participativo