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Sala Regional Ciudad de México confirma nulidad de elección de delegación en Tlapa de Comonfort

13/Mayo /2026 / Sala Regional Ciudad de México 23/2026

Ciudad de México

Versión ciudadana

Sala Regional Ciudad de México confirma nulidad de elección comunitaria en Tlapa de Comonfort

En Tlapa de Comonfort, Guerrero, se efectuó la elección para designar a una delegación municipal. Al impugnarse, el Tribunal Electoral local decidió invalidarla por las irregularidades ocurridas, entre ellas, el cambio de fecha para realizar la votación, sin avisar adecuadamente a la comunidad. Una persona controvirtió esa decisión ante la Sala Regional Ciudad de México.

Al revisar el caso, la Sala consideró que el Tribunal local tomó una decisión correcta, ya que ese cambio inesperado afectó la participación de las personas de la comunidad en la votación. Además, advirtió que la diferencia entre las candidaturas fue de solo un voto, por lo que las irregularidades constatadas pudieron cambiar el resultado de la elección.

Por ello, la Sala confirmó la nulidad de la elección.

 

¿Qué significa esta decisión para la ciudadanía?

Garantiza que las elecciones de autoridades tradicionales se realicen con reglas claras y con información adecuada para todas las personas de la comunidad, protegiendo la participación y la confianza en los resultados.

 

Sala Regional Ciudad de México confirma nulidad de elección de delegación en Tlapa de Comonfort

La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió el juicio de la ciudadanía SCM-JDC-131/2026, promovido por un ciudadano para controvertir la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero que anuló la elección de una delegación municipal en Tlapa de Comonfort, ante diversas irregularidades detectadas durante el proceso electivo.

Al analizar el caso, la Sala Regional determinó que el Tribunal local valoró correctamente las pruebas para concluir que la demanda en la instancia primigenia se presentó oportunamente.

Asimismo, la Sala consideró que al acreditarse el cambio de fecha de la elección, realizado de un día para otro, sin la participación de las autoridades tradicionales, ni la difusión adecuada a la comunidad, afectó gravemente la certeza del proceso electivo.

Además, se destacó que las irregularidades resultaron determinantes debido a que la diferencia entre las candidaturas fue únicamente de un voto, por lo que fue adecuada la decisión de declarar la nulidad de la jornada electiva.

En consecuencia, la Sala Regional confirmó la resolución impugnada.