Sala Regional Ciudad de México confirma desechamientos relacionados con la consulta de presupuesto participativo
16/Junio /2026 / Sala Regional Ciudad de México 31/2026
Ciudad de México
Versión ciudadana
Sala Regional confirma que no es posible modificar proyectos del presupuesto participativo una vez iniciada la consulta
Varias personas habitantes de distintas Alcaldías de la Ciudad de México inconformes con algunos proyectos ganadores en la consulta de presupuesto participativo acudieron al tribunal de la entidad para pedir que se revisaran esas decisiones. La autoridad responsable desechó las demandas.
Al analizar los casos, la Sala Regional Ciudad de México observó que las inconformidades se presentaron cuando ya había terminado la etapa en la que podían revisarse los proyectos; al ya haberse efectuado la jornada electiva.
Debido a ello, consideró que ya no era posible revisar la viabilidad de los proyectos y hacer cambios, sin afectar el desarrollo de la consulta y la participación de las personas que ya habían votado.
Por esa razón, confirmó los desechamientos de las demandas.
¿Qué significa esta decisión para la ciudadanía?
Significa que los procesos de participación ciudadana tienen plazos y etapas que deben respetarse. Una vez que la jornada de votación comenzó no es posible cambiar los proyectos que participan, porque eso podría afectar la igualdad de condiciones entre las propuestas y generar incertidumbre para las personas que ya emitieron o están emitiendo su voto.
Sala Regional Ciudad de México confirma desechamientos relacionados con la consulta de presupuesto participativo
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió los juicios de la ciudadanía SCM-JDC-178/2026 al SCM-JDC184/2026, SCM-JDC-188/2026, SCM-JDC-189/2026, SCM-JDC-192/2026, SCMJDC-194/2026 al SCM-JDC-197/2026 y SCM-JDC-207/2026, promovidos por personas ciudadanas de distintas Alcaldías de la Ciudad de México para controvertir resoluciones del Tribunal Electoral local que desechó sus demandas, relacionadas con la consulta de presupuesto participativo.
En cada caso, el Tribunal local consideró improcedentes las demandas al estimar que los planteamientos estaban dirigidos a cuestionar la viabilidad de proyectos, aspecto correspondiente a una etapa previa del procedimiento que ya había adquirido definitividad. Asimismo, determinó que los actos reclamados eran irreparables debido al estado de avance de la consulta.
Al analizar los asuntos, la Sala Regional concluyó que las pretensiones de las personas promoventes incidían directamente en una fase ya concluida del procedimiento participativo, relacionada con la validación de los proyectos que serían sometidos a consulta.
Por ello, consideró infundados los agravios relativos a una supuesta vulneración al acceso a la justicia, así como aquellos relacionados con falta de exhaustividad y congruencia de las resoluciones impugnadas, ya que el Tribunal local no podía pronunciarse sobre el fondo de las controversias al haberse actualizado una causa de improcedencia.
En consecuencia, la Sala Regional confirmó las resoluciones controvertidas.