LA SALA REGIONAL GUADALAJARA CELEBRÓ SU VIGÉSIMA SÉPTIMA SESIÓN PÚBLICA
16/Julio /2026 / Sala Regional Guadalajara 36/2026
Guadalajara
La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, celebró este dieciséis de julio, su vigésima séptima sesión pública en la que resolvió tres medios de impugnación conforme a lo siguiente:
SG-JDC-877/2026
Promovido por una persona que se ostenta como candidata en el proceso judicial electoral local 2024-2025, en el Estado de Chihuahua, impugnando del Tribunal Estatal Electoral de esa misma Entidad, la sentencia que determinó la inexistencia de la infracción consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género, y la conclusión de vigencia de las medidas cautelares ordenadas a su favor por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral de Chihuahua.
La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió Confirmar la resolución impugnada, al haber sido declarados como infundados e ineficaces los agravios expresados por la parte promovente.
SG-JDC-880/2026
Promovido por una persona que se ostenta como candidata en el proceso extraordinario para la elección de personas juzgadoras 2024-2025, en Chihuahua, impugnando del Tribunal Estatal Electoral de esa Entidad, la sentencia que, entre otras cuestiones, determinó, la existencia de la infracción denunciada, consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género, atribuida a otro candidato, en la cual le impuso una amonestación pública, así como medidas de reparación integral y no repetición, así también se ordenó dar vista a la Fiscalía General y al Tribunal de Disciplina y Órgano de Administración Judicial del Estado de Chihuahua.
La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió Desechar de plano la demanda interpuesta, por falta de interés jurídico de la promovente.
SG-JDC-881/2026
Promovido por una persona militante del partido político Morena, en contra del Tribunal Electoral del Estado de Sinaloa, impugnando la supuesta omisión de resolver un expediente integrado con motivo de la demanda contra la resolución de la Comisión Nacional de Honestidad y Justicia de Morena, por el que se declaró la improcedencia de la probable comisión de actos que contravienen la normativa interna de dicho partido político por parte de una senadora de la república.
La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió Desechar la demanda, al haber quedado sin materia, por cambio de situación jurídica.