header

LA SALA REGIONAL GUADALAJARA CELEBRÓ SU VIGÉSIMA OCTAVA SESIÓN PÚBLICA

29/Julio /2026 / Sala Regional Guadalajara 37/2026

Guadalajara

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, celebró este veintinueve de julio, su vigésima octava sesión pública en la que resolvió siete medios de impugnación conforme a lo siguiente:

SG-JDC-878/2026 Y SG-JDC-879/2026 ACUMULADOS.

Promovidos respectivamente por una persona que se ostenta como jueza local electa en el proceso electoral extraordinario 2024-2025, en el Estado de Chihuahua, (parte denunciante en el procedimiento sancionador local) y el otrora candidato en el mismo proceso electoral, (parte denunciada en el procedimiento sancionador local), impugnando del Tribunal Estatal Electoral de esa misma entidad federativa, la sentencia dictada en un procedimiento especial sancionador, que determinó la existencia de la infracción consistente en violencia política contra las mujeres en razón de género, en perjuicio de la primera, atribuida al segundo de los promoventes, a quien se le impuso una amonestación pública, así como medidas de reparación integral y no repetición.   

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió Acumular el expediente SG-JDC-879/2026, al SG-JDC-878/2026, y Revocar parcialmente la resolución impugnada, al haber sido calificados como fundados los agravios expresados por la parte promovente y denunciada en el procedimiento sancionador local.

SG-JG-44/2026

Promovido por una persona que impugna del Tribunal de Justicia Electoral del Estado de Baja California, la sentencia que revocó un acuerdo emitido por la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva del Instituto Electoral local, iniciado con motivo de la denuncia presentada en contra de la promovente y de Morena, por culpa in vigilando, por hechos que, a juicio de la denunciante, constituyen infracciones a la normativa electoral, por la difusión de propaganda en bardas, lonas y publicaciones en redes sociales, presuntamente derivados de una supuesta aspiración a la gubernatura del Estado.   

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió Confirmar la resolución controvertida, al haber resultado infundados e inoperantes los agravios expresados por la promovente.  

SG-JDC-883/2026

Promovido por una ciudadana que impugna del Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua, la sentencia dictada que revocó el acuerdo emitido por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Estatal Electoral de esa misma Entidad y dejó sin efecto las medidas cautelares controvertidas.   

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió Confirmar la resolución impugnada, al haber resultado infundados los agravios expresados por la parte promovente. 

SG-JG-45/2026 Y SG-JDC-882/2026 ACUMULADOS.

Promovidos respectivamente por una persona que se ostenta como Presidente de la Dirección Estatal Ejecutiva del Partido de la Revolución Democrática en el Estado de Sonora, y por una persona que se ostenta como afiliado, militante y representante propietario del referido partido político, impugnando del Tribunal Estatal Electoral de dicha Entidad, la resolución dictada en unos juicios de la ciudadanía acumulados, en la que, entre otras cuestiones, revocó la determinación aprobada por la Dirección Estatal Ejecutiva del referido partido político, que a su vez, revocó el nombramiento del representante propietario del mismo, y revocó la acreditación de otra persona en dicha representación, aprobada por la Dirección Ejecutiva Partidista y el Consejero Presidente del Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de Sonora. 

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió Acumular los juicios y Revocar la resolución impugnada, al haber calificado los agravios expresados por los promoventes como esencialmente fundados y suficientes para revocarla.

SG-RAP-20/2026

Promovido por el Partido Político Morena, en contra de un acuerdo del Instituto Nacional Electoral, emitido en cumplimiento de la sentencia al recurso de apelación que modificó parcialmente el dictamen y resolución relativos a las irregularidades encontradas en la revisión de los informes anuales de ingresos y gastos de los partidos políticos correspondientes al ejercicio 2024.

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió Confirmar el acuerdo impugnado, al resultar insuficientes los planteamientos respecto al incumplimiento de sentencia, para desvirtuar la legalidad del acto combatido.