LA SALA ESPECIALIZADA SANCIONA AL PVEM Y PRI POR HACER USO INDEBIDO DE LA PAUTA LOCAL EN DOS PROMOCIONALES DE CHIAPAS
23/julio /2015 / Sala Regional Especializada 95/2015
df
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) con una multa equivalente a 140 mil 200 pesos, por incumplir las medidas cautelares ordenadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) y hacer uso indebido de la pauta local en radio, al no haber mencionado los partidos políticos de la coalición a la que pertenecen en el spot denominado “Amigos 1.2”, alusivo al candidato a la presidencia municipal de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Luis Fernando Castellanos Cal y Mayor.
En este sentido, el Pleno determinó que dicho partido político no acató el ordenamiento del INE, quien pidió sustituir el promocional porque sólo identificaban al citado candidato como miembro del PVEM y no como parte de la coalición celebrada con los partidos Revolucionario Institucional, Nueva Alianza y Chiapas Unido.
La magistrada Gabriela Villafuerte Coello señaló que el Partido Verde incumplió el artículo 65 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, al sustituir los promocionales de radio y televisión que con motivo de una medida cautelar fueron retirados del aire; con tal proceder, el instituto político también desacató el artículo 91 de la Ley General de Partidos Políticos, porque en el mensaje de radio sustituto volvió a faltar a su deber de identificar que el candidato era de coalición.
Por su parte, el magistrado presidente Clicerio Coello Garcés destacó que ante una medida cautelar los partidos políticos deben indicar cuál es el spot que desean transmitir, entre aquellos que ya se hayan difundido o los tengan en reserva de manera preventiva, pero no pueden solicitar que de inmediato se paute un nuevo promocional, pues no cuenta con dictamen técnico de su procedencia, conforme al criterio sostenido por la Sala Superior.
En otro asunto, la Sala Especializada sancionó con mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por hacer uso indebido de la pauta local en radio, al no haber identificado al candidato Castellanos Cal y Mayor, como parte de la coalición realizada con los partidos Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Chiapas Unido en el spot titulado “Castellanos”.
-0-
Síguenos en Twitter @TEPJF_Esp, y en
www.facebook.com/SalaRegionalEspecializada
JUSTICIA ELECTORAL Y DERECHOS HUMANOS: PROTEGIENDO LA NUEVA DIMENSIÓN DE LA DEMOCRACIA
7 /mayo /2015 / Sala Superior 136/2015
Querétaro, Querétaro a
- La legitimación democrática no depende únicamente del proceso electoral: la justicia electoral es fundamental para el adecuado desarrollo del proceso democrático.
- La justicia electoral tiene una doble misión: proteger la democracia y tutelar los derechos humanos de las personas que acuden a ella.
Actualmente se está desarrollando en Querétaro el seminario “Impartición de justicia electoral y derechos humanos”. Tras la ceremonia inaugural, el seminario comenzó con la conferencia de la magistrada María del Carmen Alanis Figueroa, titulada “Justicia electoral y derechos humanos: protegiendo la nueva dimensión de la democracia”.
La magistrada inició su disertación destacando la necesidad de mudar el enfoque de la materia electoral, trasladándola de la organización de las elecciones a la impartición de justicia. Al respecto, destacó el rol trascendental que la justicia electoral juega en los procesos de democratización, al permitir la transición de la utilización de la violencia como forma de resolver conflictos políticos al uso de medios legales que permitan arribar a soluciones justa, lo cual permite la prosperidad de la democracia.
Alanis Figueroa fue contundente sobre este punto: la construcción, fortalecimiento y mantenimiento de órganos encargados de la impartición de justicia electoral constituye una inversión en la calidad de la democracia. Cada decisión adoptada por los Tribunales Electorales, tanto locales como el del Poder Judicial de la Federación, contribuye a fortalecer o debilitar la credibilidad del sistema, y con ello, de la legitimidad democrática. Sin credibilidad en la solución de disputas político-electorales, será casi imposible que se confíe en las instituciones, así como en las y los servidores públicos que las integran. Sin credibilidad no puede sobrevivir el Estado. Así de importante es la justicia electoral, sentenció.
A continuación, la magistrada se abocó a lo que, según advirtió, resulta uno de los puntos trascendentales en el entendimiento actual de la justicia electoral. Esto es, su deber como garante de derechos humanos.
Sobre este punto, la magistrada recordó que el Estado surgió para evitar los excesos de poder a través de dos mecanismos, la división del poder y la tutela de los derechos humanos. Esta idea, continuó, está en la base de las cartas constitucionales.
Destacó lo anterior para señalar que el texto constitucional constituye un límite en la actuación de las mayorías, por lo que la democracia debe entenderse no sólo como una definición sobre quién decide y cómo se decide, sino también como un pronunciamiento acerca de lo que se puede decidir.
Por ello, sostuvo que al encontrarse reconocidos los derechos humanos en nuestra Constitución, su contenido constituye un límite infranqueable para las mayorías.
En atención a lo anterior, la magistrada Alanis cerró su intervención señalando que al ser la justicia electoral la herramienta fundamental para la protección de la democracia, ello implica también protegerla en su dimensión sustancial, lo cual conlleva una ineludible labor como garante de los derechos humanos –político-electorales– de las personas, tal como lo evidencian los avances fundamentales en materia de paridad, de comunidades y pueblos indígenas, y de libertad de expresión.
-0-
Síguenos en Twitter @TEPJF_informa, y en www.facebook.com/TEPJF