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LA SALA ESPECIALIZADA SANCIONA AL PVEM Y PRI POR HACER USO INDEBIDO DE LA PAUTA LOCAL EN DOS PROMOCIONALES DE CHIAPAS

23/julio /2015 / Sala Regional Especializada 95/2015

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• El spot del PVEM incumplió las medidas cautelares al no haber identificado los partidos políticos de la coalición del entonces candidato a la presidencia municipal de Tuxtla Gutiérrez.

La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) sancionó al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) con una multa equivalente a 140 mil 200 pesos, por incumplir las medidas cautelares ordenadas por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) y hacer uso indebido de la pauta local en radio, al no haber mencionado los partidos políticos de la coalición a la que pertenecen en el spot denominado “Amigos 1.2”, alusivo al candidato a la presidencia municipal de Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, Luis Fernando Castellanos Cal y Mayor.

En este sentido, el Pleno determinó que dicho partido político no acató el ordenamiento del INE, quien pidió sustituir el promocional porque sólo identificaban al citado candidato como miembro del PVEM y no como parte de la coalición celebrada con los partidos Revolucionario Institucional, Nueva Alianza y Chiapas Unido.

La magistrada Gabriela Villafuerte Coello señaló que el Partido Verde incumplió el artículo 65 del Reglamento de Radio y Televisión en Materia Electoral, al sustituir los promocionales de radio y televisión que con motivo de una medida cautelar fueron retirados del aire; con tal proceder, el instituto político también desacató el artículo 91 de la Ley General de Partidos Políticos, porque en el mensaje de radio sustituto volvió a faltar a su deber de identificar que el candidato era de coalición.

Por su parte, el magistrado presidente Clicerio Coello Garcés destacó que ante una medida cautelar los partidos políticos deben indicar cuál es el spot que desean transmitir, entre aquellos que ya se hayan difundido o los tengan en reserva de manera preventiva, pero no pueden solicitar que de inmediato se paute un nuevo promocional, pues no cuenta con dictamen técnico de su procedencia, conforme al criterio sostenido por la Sala Superior.

En otro asunto, la Sala Especializada sancionó con mil días de salario mínimo vigente en el Distrito Federal al Partido Revolucionario Institucional (PRI) por hacer uso indebido de la pauta local en radio, al no haber identificado al candidato Castellanos Cal y Mayor, como parte de la coalición realizada con los partidos Verde Ecologista de México, Nueva Alianza y Chiapas Unido en el spot titulado “Castellanos”.

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