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EN SESIÓN PÚBLICA EL PLENO DE LA SALA REGIONAL DE LA CUARTA CIRCUNCRIPCIÓN PLURINOMINAL DEL TEPJF CONFIRMÓ LA VALIDEZ DE LA ELECCIÓN DE DIPUTADO FEDERAL EN LOS ESTADOS DE PUEBLA, GUERRERO Y DISTRITO FEDERAL.

24/julio /2015 / Sala Regional Ciudad de México 46/2015

México, D. F.

 La Sala Regional Distrito Federal del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, en su Sesión Pública de este día, resolvió 18 Juicios de Inconformidad, 13 Juicios de Revisión Constitucional Electoral y 2 Juicios para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano.

 Es de destacar que la Sala Regional DF en su Sesión Pública del día de hoy, al resolver diversos juicios de inconformidad, confirmó las elecciones de Diputados Federales en los Distritos Electorales I, IV, V, XII, XXIII y XXIV en el Distrito Federal, el Distrito Electoral X en el Estado de Puebla y el VII en el Estado de Guerrero.

Así mismo en los juicios de revisión constitucional electoral el 144 al 153, promovidos por el Partido Revolucionario Institucional, la Sala Regional en esta Sesión Pública, ordenó que el Tribunal Electoral del Distrito Federal, resuelva los juicios electorales sometidos a su consideración conforme a derecho corresponda, respecto de las constancias de los cómputos totales y entrega de las constancias de mayoría o asignación en las elecciones para diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

Por lo que se refiere al juicio SDF-JDC-555, el Pleno de la Sala Regional DF, confirmó la entrega de la constancia de mayoría respectiva emitida a favor de Beatriz Vélez Núñez y Claudia Beltrán Salas, como diputadas federales electas propietaria y suplente en el 07 Consejo Distrital del Instituto Nacional Electoral en Guerrero.


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EL TEPJF TUTELA EL DERECHO A LA AUTONOMÍA Y DESARROLLO DE LA CULTURA DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS

9 /mayo /2015 / Sala Superior 138/2015

México, D.F., a

  • En una Tesis, la Sala Superior estableció que las limitaciones que se impongan al ejercicio del autogobierno de las comunidades originarias deben ser mínimas
  • El respeto a sus libertades fundamentales garantiza una sociedad democrática y plural

Para garantizar el derecho a la libre determinación de los pueblos y comunidades indígenas, así como al desarrollo pleno de su cultura, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó que se deben evitar restricciones que incidan desproporcionadamente en la autonomía de éstos.

En la Tesis VIII/2015 con el rubro, “Comunidades indígenas. Toda restricción de su autonomía debe ser estrictamente necesaria y razonable”, indicó que las limitaciones que se impongan a su derecho de autogobierno deben ser mínimas.

Lo anterior, permitirá fortalecer la existencia de una sociedad democrática y plural.

El texto puntualiza que para garantizar el reconocimiento y respeto a los derechos y libertades fundamentales de los integrantes de dichas comunidades, es necesario potencializar el ejercicio de su autonomía o autogobierno.

La Tesis que se aprobó por unanimidad el 25 de marzo de 2015, se fundamenta en la Constitución, en el Convenio 169 sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes, en la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, así como en la Convención Americana sobre Derechos Humanos.

Con criterios como este, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación garantiza el derecho a la autonomía de los pueblos ancestrales y la tutela efectiva de las garantías fundamentales de sus integrantes.



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