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LA SALA REGIONAL GUADALAJARA RESUELVE JUICIOS CIUDADANOS SOBRE DIPUTACIONES PLURINOMINALES LOCALES Y DE AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO DE SONORA.

2 /septiembre/2015 / Sala Regional Guadalajara 57/2015

Guadalajara, Jalisco.

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en su sesión pública del día de hoy, resolvió cuatro juicios ciudadanos, que se presentaron en contra de resoluciones de autoridades electorales del Estado de Sonora.

La Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) en su sesión pública del día de hoy, resolvió cuatro juicios ciudadanos, que se presentaron en contra de resoluciones de autoridades electorales del Estado de Sonora.

La Magistrada y los Magistrados Electorales resolvieron por unanimidad de votos, revocar la sentencia de la correspondiente autoridad jurisdiccional estatal en referencia a la asignación de Diputados Plurinominales de la entidad señalada, y acorde a los lineamientos aplicables conforme a lo sentenciado en precedentes emitidos por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

En la sesión pública del hoy; el Pleno de la Sala Guadalajara, confirmó dos resoluciones del Tribunal Estatal Electoral de Sonora relativas a sendos juicios ciudadanos locales por los que se confirmó la designación de regidores por el principio de representación proporcional en los ayuntamientos de Huatabampo y Etchojoa, Sonora.

La Magistrada Presidenta Mónica Aralí Soto Fregoso, Presidenta de la Sala Regional Guadalajara, resaltó la estadística jurisdiccional de la Sala Regional Guadalajara, ya que en lo que va del año, el órgano jurisdiccional ha recibido 11,668 medios de impugnación y ha resuelto 11,655.

Así, en su sesión pública, la Sala Regional Guadalajara resolvió cuatro juicios ciudadanos los que proceden cuando el ciudadano por sí mismo y en forma individual, o a través de sus representantes legales, hacen valer presuntas violaciones a sus derechos de votar y ser votado en las elecciones populares, como las relativas del estado de Sonora.

Las resoluciones de la Sala Regional Guadalajara se pueden consultar en la página pública del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación www.te.gob.mx, al igual que la versión estenográfica, audio y video de las sesiones públicas.


NECESARIO GARANTIZAR ACCESO EQUITATIVO A MEDIOS DE COMUNICACIÓN PARA DIFUSIÓN DE MENSAJES CON FINES ELECTORALES: GALVÁN RIVERA

5 /junio /2015 / Sala Superior 182/2015

México, D.F., a

  • El Magistrado de la Sala Superior dijo que la reciente reforma en materia político-electoral ha facilitado la resolución de quejas por irregularidades en el contenido de la propaganda política
  • Advirtió que es necesario ampliar el modelo de comunicación actual

Con el objetivo de garantizar el acceso equitativo a los medios de comunicación con fines electorales, es necesario que los partidos políticos sólo hagan uso de los tiempos de radio y televisión que distribuye el Instituto Nacional Electoral (INE), aseguró Flavio Galván Rivera, magistrado de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

Durante su intervención en la mesa de discusión “Regulación sobre el acceso y uso de los medios para fines electorales”, manifestó que todos los partidos políticos tienen derecho a tiempos del Estado para que den a conocer sus propuestas ante la ciudadanía, pero frente a esta garantía hay una restricción que deben cumplir.

“Hay una prohibición estricta en el texto de la Constitución, y se refiere a que ninguna persona puede adquirir tiempo en radio y/o televisión para fines políticos-electorales a favor o en contra de un candidato o partido”, precisó.

Galván Rivera dijo que la reciente reforma en materia político-electoral otorgó mayores herramientas para resolver los medios de impugnación relacionados con quejas por posibles irregularidades detectadas en el contenido de la propaganda política.

Se trata del procedimiento especial sancionador y del procedimiento ordinario sancionador que han facilitado la resolución de los asuntos en la materia, refirió, al tiempo que explicó la diferencia entre ambos.

“El procedimiento ordinario sancionador concluye con una resolución del Consejo General del Instituto Nacional Electoral y el procedimiento especial sancionador termina con una resolución de la Sala Regional Especializada del TEPJF”, sostuvo.

Necesario ampliar el modelo de comunicación política actual

En su participación, el Magistrado comentó que el actual modelo de comunicación política sólo está dirigido a radio y televisión, por lo cual es necesario ampliarlo, ya que deja de lado aspectos importantes como la prensa escrita, el equipamiento urbano, parabuses, bardas, edificios públicos y privados, entre otros.

Finalmente, en la sesión de preguntas y respuestas, el Magistrado comentó que en la actualidad las redes sociales son elementos importantes de comunicación, en materia político-electoral, sin embargo no se ha podido regular porque es difícil determinar quién es el autor de los mensajes.

Las actividades del Foro continuarán mañana sábado 6 de junio en el trascurso del día y finalizan por la tarde. Se pueden seguir mediante el portal de Internet del TEPJF, www.te.gob.mx 

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