SALA REGIONAL XALAPA CONFIRMA LA ELECCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE SOYALÓ, CHIAPAS
4 /septiembre/2015 / Sala Regional Xalapa 55/2015
Xalapa - Enríquez, Veracruz
- Confirma la elección de Paraíso, Tabasco
En sesión pública de resolución de 04 de septiembre de 2015, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Chiapas relativa a la declaración de validez de la elección de miembros del ayuntamiento de Soyaló, y la constancia de mayoría y validez otorgada a la planilla postulada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI). Lo anterior, al resolver el juicio de revisión constitucional electoral 234 de 2015, promovido por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM).
El partido actor argumentó como agravio que el Tribunal local había motivado indebidamente la sentencia, ya que se actualizaba la hipótesis de reelección al reconocer a Fredy Espinoza Hernández como candidato ganador, cuando él ya había sido electo como regidor de dicho ayuntamiento en el periodo previo.
Los magistrados federales desestimaron el motivo de disenso hecho valer por el actor, en razón de que, para tener por válida la hipótesis que se invocó en la demanda, se debían reunir los siguientes elementos: a) Haber sido electo y b) Haber ocupado el cargo durante una parte o la totalidad del periodo para el que fue electo. Al respecto, en este caso quedó plenamente acreditado que Fredy Espinoza Hernández efectivamente fue electo por el periodo 2012-2015; sin embargo, no existe prueba alguna de que dicho ciudadano haya rendido protesta como regidor, ni que hubiera ocupado dicho cargo. Por tanto, no se actualizó el segundo de los elementos enumerados, y tampoco se configura la hipótesis de reelección.
Sala Regional Xalapa confirma la elección de miembros del ayuntamiento de Paraíso, Tabasco
En otro asunto, al resolver el juicio de revisión constitucional 203, promovido por el Partido Acción Nacional (PAN), el Pleno de la Sala Regional Xalapa confirmó la sentencia del Tribunal Electoral de Tabasco que confirmó la elección de presidente municipal y regidores del municipio de Paraíso.
Los magistrados federales desestimaron el agravio relativo al supuesto rebase de topes de gastos de campaña, toda vez que existe imposibilidad jurídica para analizarlo, pues como lo manifestó el Tribunal local, aun no se conoce el dictamen consolidado de la revisión de los informes de campaña de los ingresos y egresos de los candidatos a diputados locales y de ayuntamientos en dicha entidad federativa, ya que la autoridad administrativa responsable no lo ha hecho, y por ende, tampoco existe pronunciamiento del Consejo General del Instituto Nacional Electoral sobre el mismo.
Asimismo, resultaron ineficaces el resto de los agravios que fueron aducidos por el PAN, relativos por una parte a la falta de exhaustividad en el planteamiento relativo al control de convencionalidad y la violación a las formalidades esenciales del procedimiento, así como a la supuesta falta de estudio de fondo por parte del Tribunal local con locual se pretendía anular la elección y la votación recibida en casillas.
En la sesión pública, la Sala Regional Xalapa también confirmó la declaración de validez de las elecciones en los municipios de Motozintla, Acala, San Fernando y Ocotepec, todos ellos en el estado de Chiapas. También se confirmaron la asignación de regidurías en los municipios de Cunduacán y Emiliano Zapata, Tabasco.
Asimismo, se confirmó el resultado relacionado con la elección de diputado local por el principio de mayoría relativa en el 06 Distrito Electoral con cabecera en Centro, Tabasco.
En la sesión pública de resolución de este viernes se analizaron y resolvieron ocho juicios ciudadanos y 19 juicios de revisión constitucional electoral.
-o-
Consulta nuestros videos en YouTube en el canal TEPJF. Síguenos en Twitter @TEPJF_XAL y por el Blog de la Sala Regional Xalapa portales.te.gob.mx/salas/salas/3
VIOLENCIA POLÍTICA HACIA LAS MUJERES: IV CÁTEDRA DE EQUIDAD DE GÉNERO “MIGUEL ALEMÁN VALDÉS” A CARGO DE LA MAGISTRADA MARÍA DEL CARMEN ALANIS
9 /junio /2015 / Sala Superior 189/2015
México, D.F., a
- La Magistrada María del Carmen Alanis Figueroa es reconocida con la IV Cátedra de Equidad de Género “Miguel Alemán Valdés”
- Cuando la violencia se ejerce contra las mujeres por el hecho de serlo o les afecta diferenciada o desproporcionalmente, estamos frente a violencia de género
- Necesario que en México se cuente con un marco normativo sobre violencia política hacia las mujeres
El día de hoy la Fundación Miguél Alemán Valdés hizo entrega a la Magistrada María del Carmen Alanis Figueroa del reconocimiento por la IV Cátedra de Equidad de Género. La Magistrada disertó sobre la violencia política hacia las mujeres y estuvo acompañada en el presídium por personalidades que integran la Fundación: el Dr. Alejandro Carrillo Castro, Director General, el Dr. Sergio García Ramírez, Coordinador del Programa de Equidad de Género, la Lic. Irma Cué Sarquís, Coordinadora del Programa de Equidad de Género y la Lic. Guadalupe Gómez Maganda, Secretaria Técnica del Programa de Equidad de Género.
La Magistrada agradeció a la Fundación Miguel Alemán Valdés haberle otorgado la cátedra y brindarle la oportunidad de disertar sobre temas que, como jueza constitucional electoral y experta para el Mecanismo de Seguimiento de la Convención de Belém do Pará,[1] le ocupan y le preocupan.
En su conferencia la Magistrada destacó que, frente al contexto que se vive en el país, es importante determinar en qué casos la violencia política tiene elementos de género. Retomando los estándares internacionales, señaló que cuando la violencia se ejerce en contra de una mujer por el hecho de serlo o cuando el acto tiene un impacto diferenciado o desproporcionado hacia las mujeres, se considera que la violencia tiene elementos de género y, por tanto, debe dársele un tratamiento diligente y específico bajo la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer "Convención De Belem Do Para" y los instrumentos normativos aplicables.
Por ello, la Magistrada insistió en el hecho de que en México no hay una regulación específica que se haga cargo de la violencia política hacia las mujeres y manifestó su confianza en que pronto las iniciativas presentadas por varias senadoras y diputadas sean aprobadas y así contar con un marco en la materia para los próximos proceso electorales. En este sentido, aprovechó para reconocer el impulso que la Red Mujeres en Plural ha dado a este tema y los compromisos que, gracias a su esfuerzo, han asumido quienes liderean los partidos políticos.
La Magistrada cerró su intervención recordando que hace aproximadamente 70 años las mujeres luchaban por el derecho a votar y ser electas. Hoy, pese a contar con un reconocimiento formal de estos derechos, tienen que enfrentarse a una serie de barreras estructurales para poder ejercerlos, entre ellas la discriminación y la violencia. Por ello, exortó a las autoridades y a los partidos a asumir su responsabilidad y formar parte del cambio necesario para garantizar la igualdad de oportunidades en el ejercicio de los derechos políticos.
-0-
Síguenos en Twitter @TEPJF_informa, y en www.facebook.com/TEPJF
--------------------------------------------------------------------------------
[1] Mecanismo que verifica la implementación de la Convención de Belém do Pará por medio de una metodología de evaluación basada en la cooperación entre los Estados Parte. Ver: http://www.oas.org/es/mesecvi/nosotros.asp