SALA MONTERREY ORDENA ENTREGAR CONSTANCIA DE MAYORÍA A LA ALIANZA PARTIDARIA (PRI Y PANAL) EN LAGUNILLAS, S.L.P.
10/septiembre/2015 / Sala Regional Monterrey 50/2015
Monterrey, Nuevo León
- Se ordena a TEENL dicte un nuevo fallo sobre recuento parcial de votos en Montemorelos, Nuevo León
- Se confirma paridad de género en la integración del ayuntamiento de Cadereyta de Montes en Querétaro
- Confirma acuerdos de CEENL sobre liquidación de partidos políticos locales en Nuevo León
La Sala Monterrey del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí relativa a elección de los miembros del ayuntamiento de Lagunillas en el mismo estado.
Al resolver el juicio SM-JDC-590/2015 y acumulado, presentados por Napoleón Rodríguez Botello, candidato del Partido Acción Nacional (PAN) a presidente municipal del citado ayuntamiento, así como por el propio partido, el pleno consideró que el tribunal responsable debió advertir que no existían las condiciones de certeza suficientes para efectuar el recuento de votos ordenado por este órgano jurisdiccional, pues los paquetes que contenían la documentación electoral no fueron resguardados adecuadamente y el PAN entregó pruebas suficientes para que el tribunal descartara el recuento. Además señalaron que dado que no es posible realizar un nuevo escrutinio y cómputo que sea capaz de arrojar cifras más confiables, deben prevalecer los resultados contabilizados por los funcionarios de las mesas directivas de casilla, dado que respecto de estos solo se alegó, en su momento, una irregularidad atribuida a un partido político distinto al que obtuvo el triunfo y por una cantida de votos inferior a la diferencia que existe entre los contendientes que se ubican en primer y segundo lugar.
En consecuencia, se ordenó al Comité Municipal de Lagunillas entregar la constancia de mayoría y validez a la planilla de candidatos postulada por la alianza conformada por los partidos Revolucionario Institucional y Nueva Alianza encabezada por J. Guadalupe Castillo.
Se ordena a TEENL dicte un nuevo fallo sobre recuento parcial de votos en Montemorelos, Nuevo León
En otros asuntos, la Sala Monterrey revocó la sentencia del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEENL) en la que se negaba la petición del PAN al recuento parcial de 29 paquetes electorales correspondientes a la votación para la integración del ayuntamiento de Montemorelos, Nuevo León.
El PAN planteó en su queja que existieron diversas irregularidades en el cómputo de los votos por lo que solicitaba el recuento parcial de 29 casillas, no obstante el tribunal local desestimó su petición argumentando que dicha solicitud debió de haberse dado a lugar el día del cómputo ante la Comisión Municipal. Además explicó que el partido omitió especificar cuáles fueron los errores o inconsistencias de cada una de las casillas, por lo que negó la petición del PAN.
Al resolver el juicio SM-JRC-179/2015, los magistrados determinaron que le asiste la razón al partido actor, debido a que el Tribunal local no tomó en cuenta el cuadro que expuso el PAN en su escrito de demanda, el cual contenía las supuestas irregularidades que acontecieron en cada casilla. Por tanto, al demostrar que son incorrectos los argumentos del tribunal responsable, se revocó la resolución impugnada y se ordenó al TEENL emita una nueva sentencia en la que analice la procedencia del recuento parcial solicitado por el PAN.
Se confirma paridad de género en la integración del ayuntamiento de Cadereyta de Montes en Querétaro
La Sala Monterrey confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Querétaro en la cual se revocó el acuerdo de asignación de regidurías emitido por el Consejo Distrital XIV del Instituto Electoral del Estado de Querétaro (IEEQ) con sede en el municipio de Cadereyta de Montes, por transgredir las reglas de paridad de género.
Al resolver el juicio SM-JDC-592/2015, los magistrados determinaron que contrario a lo planteado por Nicasio Estrada Bocanegra candidato del PVEM a segundo regidor, era innecesario que la candidata del mismo partido a primera regidora Mallola Zamorano Ledesma, hiciera del conocimiento del PVEM o de sus representantes, su inconformidad ante la asignación de regidores de representación proporcional realizada por el Consejo Distrital. En su queja ante el Tribunal Local, la actora argumentaba que le debió de ser asignada la regiduría de acuerdo a la paridad de género y toda vez que fue registrada en primer lugar de la lista de su partido. Por tanto, al confirmarse la integración final del ayuntamiento por seis hombres y cuatro mujeres, le corresponde a la candidata, la tercera regiduría de representación a Cadereyta de Montes.
Confirma acuerdos de CEENL sobre liquidación de partidos políticos locales en Nuevo León
En otro asunto, la Sala Monterrey confirmó la resolución del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEENL) en la que consideró legales los acuerdos emitidos por la Comisión Estatal Electoral del mismo estado que contienen los lineamientos para la liquidación de partidos políticos locales, así como la designación del interventor, dado el inicio de la etapa preventiva de pérdida de registro al no alcanzar el porcentaje de votación requerido en cualquiera de las elecciones locales para Gobernador, Diputados o Ayuntamientos en N.L.
Al resolver el juicio SM-JRC-264/2015, intentado por el Partico Cruzada Ciudadana (PPC), el pleno determinó que el PPC no presentó razones de fondo para controvertir la decisión del TEENL, sino que se limitó a repetir los agravios presentados en la instancia anterior, por lo cual se confirmó dicha sentencia.
Durante la sesión pública, la Sala Monterrey resolvió 12 juicios para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano y 14 de revisión constitucional.
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RECONOCIMIENTO CONSTITUCIONAL DE LA PARIDAD EN EL PROCESO ELECTORAL DE 2015
11/junio /2015 / Sala Superior 195/2015
México, D.F., a
- La Magistrada María del Carmen Alanis Figueroa presenta el libro “Contigo Aprendí. Una lección de democracia gracias a la sentencia 12624”
- La sentencia 12624 representa un parteaguas en el juzgamiento con perspectiva de género y en la representación política de las mujeres
- Importancia de hacer una revisión del resultado del proceso electoral a partir del impacto de esta sentencia y del establecimiento constitucional de la paridad
El día de hoy, en el Senado de la República, la magistrada María del Carmen Alanis participó en la presentación del libro “Contigo Aprendí. Una lección de democracia gracias a la sentencia 12624” de las autoras, la Dra. Adriana Ortiz Ortega, catedrática de la UNAM y la Lic. Clara Scherer Castillo, consultora Externa en temas de Género y Política. En el evento participaron la Senadora Angélica de la Peña, la Doctora Margarita Velázquez Gutiérrez, el Maestro Ricardo Raphael de la Madrid y la Doctora Adriana Ortiz Ortega, coautora del libro.
La Senadora de la Peña señaló al inicio de la presentación del libro, que en la lucha de los derechos de las mujeres, sin importar la militancia partidista, las mujeres se han unido para defender sus derechos. Advirtió la senadora que es un libro indispensable en la historia de la lucha de todas las mujeres en el país. Asimismo, señaló que la sentencia 12624 fue precursora de la reforma que incorporó el principio de paridad a la Constitución.
En su exposición, la Magistrada dio lectura a unos breves párrafos preparados por el magistrado presidente Constancio Carrasco Daza, quien no pudo asistir al evento: “La paridad entre los géneros, la igualdad en derechos y la protección de sus prerrogativas fundamentales, no constituyen un tema de mujeres, sino un asunto de derechos humanos, y en cuanto tal, una obligación de que el Estado revierta las condiciones de subrepresentación y brinde garantías efectivas para su protección y respeto”.
De ello ha sido consciente el TEPJF, quien ha dirigido sus decisiones, hacia la construcción de una democracia igualitaria. La magistrada Alanis felicitó a las autoras y señaló que el libro es un referente necesario para comprender en dónde estamos ahora y cuáles son los objetivos que debemos plantearnos, así como las estrategias para lograrlo. Desde su punto de vista, la sentencia 12624 constituye un parteaguas en el juzgamiento con perspectiva de género y, además, desencadenó la inclusión de las mujeres en los espacios de deliberación pública.
Haciendo énfasis en que aún nos e cuenta con resultados finales, la Magistrada destacó que los resultados de la jornada electoral indican que habrá mayor representación de mujeres en las legislaturas. A nivel federal, se espera que haya un 42% de mujeres, frente al 37% del 2012.
Respecto a los congresos estatales, todo parece indicar que en 11 de los 16 estados donde hubo elecciones se reporta un aumento de mujeres en la integración de los congresos. Los tres estados en los que no sólo no aumentó el número de mujeres, sino que disminuyó, son: Distrito Federal, Estado de México y Nuevo León. Mientras que en Morelos y Colima no hubo cambios, en Querétaro de no tener mujeres, posiblemente se las mujeres pasarán a tener mayoría. En Campeche también podría haber mayoría de mujeres y en Guanajuato quizá se logre la integración paritaria.
La Doctora Margarita Velázquez manifestó que las autoras en el libro nos enseñan a hacer historia, la historia de la lucha de tantas mujeres. Hizo referencia al primer congreso feminista del país en Yucatán de hace 99 años, el de Carrillo Puerto. Señaló la importancia de diversos acuerdos el 005 de la autoridad electoral de Morelos que estableció la paridad vertical y horizontal y un acuerdo de paridad en las diputaciones por el principio de representación proporcional.
Por su parte, el Maestro Ricardo Raphael de la Madrid señaló que este libro deja muchas enseñanzas desde una estrategia de litigio, hasta la conformación de una red para defender y avanzar en un tema. Comentó que el World Gender Report establece que en divergencia económica es el rubro en el que la inequidad es más fuerte en México, 4 mujeres de cada 10 tienen un trabajo remunerado.
Manifestó que con estos porcentajes México desperdicia sus recursos humanos. En materia de derechos políticos ha habido muchos avances. Cambios desde 2011 a raíz de la sentencia 12624. Advirtió que los hombres viven como amenaza el tema, están con un discurso de equidad por ser políticamente correcto pero choca con su realidad. Señaló que es claro que los hombres tienen que desaprender.
La Doctora Adriana Ortiz Ortega, coautora del libro, mencionó que éste fue idea de Clara Scherer y Silvia Hernández como una historia de un litigio exitoso ante los tribunales electorales. La razón que le daba sentido a la red “Mujeres en plural” era la existencia de las juanitas, que violentaron los derechos de las mujeres. Se presentaron juicios para darle voz a las mujeres por su derecho al sufragio. Estamos en un proceso histórico vigente para la transformación de leyes federales y locales en materia de paridad.
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