EL TEPJF APRUEBA NORMAS PARA TRANSPARENTAR EL EJERCICIO DE LOS RECURSOS PÚBLICOS Y SE CONSOLIDA COMO TRIBUNAL ABIERTO
18/junio /2015 / Sala Superior 206/2015
México, D. F.
- Los gastos destinados a los viáticos nacionales e internacionales estarán disponibles al público y podrán ser consultados en el portal de Internet del organismo jurisdiccional
- Las adquisiciones atenderán los principios de máxima publicidad
El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) aprobó un nuevo esquema normativo con el objetivo de transparentar el uso de recursos públicos y rendir cuentas a la ciudadanía, sobre el ejercicio del presupuesto que aplica para el cumplimiento de las funciones jurisdiccionales y administrativas, el cual se ajusta a los principios constitucionales de economía, honradez, eficacia y eficiencia.
En este sentido, en sesión de 16 de junio de 2015, la Comisión de Administración aprobó el Acuerdo para regular el ejercicio del gasto correspondiente a los viáticos nacionales e internacionales para todos los servidores públicos del TEPJF, así como el Acuerdo para regular los procedimientos de adquisición de bienes muebles, prestación de servicios y obra pública.
Los viáticos atenderán el principio de racionalidad y máxima transparencia
El Acuerdo que regula el ejercicio del gasto destinado a los viáticos nacionales e internacionales tiene el propósito de lograr la racionalidad presupuestaria y máxima transparencia. De manera que tratándose de transportación aérea nacional e internacional, se deberá optar preferentemente por clase económica o turista.
En ese contexto, se cotizarán como mínimo dos líneas aéreas para alcanzar mejores condiciones y costos, igual criterio se aplicará en hospedaje, lo que deberá quedar documentado en el expediente correspondiente, el cual estará disponible al público en el portal de Internet del organismo jurisdiccional.
Además, el informe de las comisiones deberá desahogarse dentro de los siete días siguientes a la conclusión de la misma, en el cual, el servidor público dará cuenta respecto del objetivo y utilidad de las actividades realizadas tanto en el país como en el extranjero.
Habrá máxima publicidad en adquisiciones
A partir del otro acuerdo aprobado, en todas las sesiones del Comité de Adquisiciones y las diversas audiencias relacionadas con los procedimientos para tal fin, como son las juntas de aclaraciones y las sesiones de entrega de documentos, se privilegiará -como primer criterio- que sean videograbadas y transmitidas en tiempo real, en Plataforma Electoral, el canal de televisión por Internet del TEPJF.
Asimismo, las audiencias que se realicen entre las áreas encargadas del Tribunal Electoral y los prestadores de servicios o contratistas, deberán ser documentadas y publicitadas por el mismo medio, y en ellas, podrán solventarse todas las dudas y aclaraciones formuladas por quienes pretendan adquirir o prestar servicios al órgano jurisdiccional con la dimensión pública necesaria para cumplir el principio de transparencia.
En ese contexto, el Comité de Adquisiciones se erigirá como el eje de todos los procedimientos, incluyendo, tanto los que se realizan mediante licitación pública nacional, como aquellos que se desarrollen por invitación restringida o adjudicación directa.
Las reformas propuestas y aprobadas por la Comisión de Administración, que deben seguir todos los servidores públicos en los diferentes ámbitos de su desempeño, permitirán consolidar al TEPJF como un Tribunal Abierto y comprometido con el principio de máxima publicidad.
LA SALA REGIONAL DEL DISTRITO FEDERAL CONCLUYE EL PROCESO ELECTORAL DE DIPUTADOS LOCALES Y AYUNTAMIENTOS EN EL ESTADO DE GUERRERO
21/septiembre/2015 / Sala Regional Ciudad de México 60/2015
México, D. F.
• Se resolvieron alrededor de 200 juicios, más del cincuenta por ciento fueron impugnaciones contra los resultados de las elecciones.
• Confirma los resultados de las elecciones en los Ayuntamientos de Copala, Alcozauca, Tlapa de Comonfort, Juchitán y Pilcaya en el Estado de Guerrero.
• Confirma la validez de la elección en el Ayuntamiento de Iliatenco, y por falta de valoración de pruebas y documentales, modifica los resultados de Presidencia y Síndico a favor del Partido de la Revolución Democrática, así como la asignación de Regidores de Representación Proporcional.
Es de destacar que en los juicios de revisión constitucional 313 y 317, acumulados, la Sala Regional confirma la resolución impugnada por el Partido Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano, pues la Sala de Segunda Instancia del Tribunal Electoral del Estado de Guerrero, se apegó al principio de exhaustividad al anular dos casillas, lo cual no restó valor a los datos del resto de las casillas y no modificó los resultados en el Ayuntamiento de Copala.
Por lo que se refiere al juicio para la protección de los derechos político electorales 724 y de reconsideración 320, al no acreditarse elementos que los candidatos propuestos por algún partido político fungieran con representantes de casillas, en la demarcación que correspondía a la elección en la que participaban y aun cuando se corriera el test de proporcionalidad a la normativa, no variaría la conclusión de que no se actualiza la causa de nulidad, la Sala Regional DF confirma la elección en el Ayuntamiento de Alcozauca, Guerrero.
En cuanto al juicio de reconsideración constitucional electoral 315, el Pleno de la Sala Regional DF, al considerar insuficientes las pruebas presentadas por Morena, considera que le asiste la razón a la autoridad local y confirma la elección en Tlapa de Comonfort.
Con relación al SDF-JRC-314-2015, la Sala Regional DF al considerar fundados los agravios, revoca la sentencia impugnada, así como los resultados emitidos por el Consejo Distrital, confirma la validez de la elección en el Ayuntamiento de Iliatenco, revoca la constancia de mayoría expedida a favor de la fórmula otorgada a Movimiento Ciudadano para Presidente Municipal y Síndicos y ordena la entrega de constancia de validez a la fórmula del Partido de la Revolución Democrática; así como la modificación de las asignaciones de regidores de Representación Proporcional.
Finalmente ordena al Consejo Distrital XXVIII que en un plazo de 24 horas entregue las constancias correspondientes y realice la asignación de regidores de Representación Proporcional de acuerdo a esta sentencia. Impone una amonestación pública, a los partidos políticos Acción Nacional, del Trabajo, Nueva Alianza y Morena, al haber incurrido en desacato a un requerimiento realizado y derivado de las inconsistencias de información y documentación proporcionadas; y ordena dar vista a la Contraloría Interna del Instituto local, por conducto de su titular.
Antes de concluir la Sesión Pública, la Magistrada Presidenta Janine Otálora Malassis, realizó un reconocimiento a los ciudadanos del Estado de Guerrero, en donde, como es sabido de todos, previamente a la jornada electoral los medios de comunicación hacían eco de dificultades para que se llevara a cabo esta jornada electoral; no obstante ellos, se llevó con un total éxito.
Señaló que en el Municipio de Tixtla, donde se llevó a cabo una elección, finalmente fue anulada por la autoridad administrativa, nulidad posteriormente confirmada por las instancias jurisdiccionales.
Reconoció que en este proceso, los ciudadanos del Estado de Guerrero, con madurez, supieron separarse de sus enconos el día de la jornada electoral, salir a votar en orden y en paz para elegir a sus autoridades.
Hizo un reconocimiento a la autoridad administrativa electoral local, reiteró que es necesaria una reforma al Sistema de Justicia Electoral en el estado de Guerrero, pues actualmente la dilación en la que se incurre impide llegar a las instancias Federales con prontitud.
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