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Resuelve Sala Guadalajara quejas de la elección federal del pasado 5 de julio de Sonora, Baja California, Durango, Jalisco y Sinaloa

30/julio /2009 / Sala Regional Guadalajara 25/2009

Guadalajara, Jalisco

• Atiende todas las impugnaciones presentadas correspondientes a la primera circunscripción electoral.

La Sala Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió, por unanimidad, trece juicios de inconformidad en contra de los resultados electorales para diputados federales por el principio de mayoría relativa, en diferentes distritos correspondientes a los estados de Sonora, Baja California, Durango, Jalisco y Sinaloa.

En Nogales, Sonora, los partidos Revolucionario Institucional (PRI) y Acción Nacional (PAN), impugnaron por separado los resultados en varias casillas del distrito 7, por distintas causas. De estos juicios, se anularon tres casillas, sin modificarse el ganador de la elección.

La primera, porque uno de los funcionarios no se encontraba en la lista nominal ni pertenecía a ese distrito electoral. Y las otras dos, porque se demostró que al menos unos de los funcionarios ejerció presión en el electorado; además de que en ambas casillas había ciudadanos inelegibles, en una casilla, María Magdalena Ortéz, representante del PRI, es también titular del Instituto Municipal de la Mujer, en Magdalena de Kino, cargo considerado como mando superior que ejerce recursos públicos y programas de atención a la ciudadanía. En otra, Mario de Jesús Campos Azueta, que fungió como secretario de casilla, es titular del Órgano de Control y Evaluación gubernamental del mismo ayuntamiento.

Por otro lado, se presentaron dos quejas en el distrito 10 de Zapopan, Jalisco por parte del PRI y el Partido de la Revolución Democrática (PRD), respectivamente: la primera por considerar infundados los agravios presentados el instituto político, y la segunda, por extemporánea, toda vez que se presentó después de vencer el plazo legal de cuatro días a partir de finalizado el cómputo distrital.

Asimismo, se declaró infundada otra queja del PRI, relativa a ese mismo distrito, por supuestos actos anticipados de campaña del panista Francisco Ramírez Acuña, toda vez que la entrevista hecha a éste por TV Azteca en la entidad, no constituyó una violación a las normas, además en la queja, se demandó anular la votación de 107 casillas por distintas irregularidades.

Al respecto, el magistrado José de Jesús Covarrubias, presidente de la Sala Guadalajara, advirtió la inexistencia de dos de estas casillas, por lo que se analizaron 105. Se encontró que en una la diferencia entre el primero y segundo lugar fue de un voto, así como cinco 5 sufragios irregulares, por este motivo se anuló como lo establece la ley, sin que ello significara causa legal para invalidar todo el proceso. En consecuencia, se modificó el resultado del acta de cómputo, manteniéndose la mayoría de votos a favor del PAN.

En otro asunto, el PAN combatió los resultados del distrito 13 de Guadalajara, Jalisco, donde los magistrados determinaron por unanimidad anular la votación en ocho casillas por instalarse injustificadamente en lugar distintos; sin embargo, no modificó el resultado que favoreció al PRI.

Asimismo, la Sala Guadalajara confirmó los resultados del distrito 18 de Jalisco, al declarar infundada la queja del PRI.

Por otra parte, el PAN impugnó el distrito quinto de Sinaloa; de este juicio se anularon 12 casillas, unas por instalarse tarde y otras por ubicarse en domicilio diferente sin justificación legal, lo que impidió el ejercicio del derecho al voto de algunos ciudadanos. Por consiguiente, se modificó el acta de cómputo, sin que ello cambiara la fórmula ganadora, por ello se confirmó la validez de la elección y la entrega de constancia de mayoría en favor del candidato del PRI.

Sobre este caso, se destacó que se analizaron 125 casillas por diversas irregularidades, en donde la diferencia entre primero y segundo lugar era de 5 mil 84 votos; en el estudio del juicio anuló por diversas causas un total de mil 636 votos, sin que modificara el resultado de los ganadores, por lo que se confirmó la elección con toda certeza, la constitucionalidad y legalidad del proceso.

Respecto al distrito 7 de Sonora con cabecera en Navojoa, PAN y PRI presentaron quejas, el primero por errores en el cómputo de votos en una casilla, y en otra por supuesta presión a los electores ejercida por la presidenta de la mesa de votación, por trabajar como oficial del registro civil en un municipio de ese estado; y el segundo, por que le sumaron más votos al otro contendiente y por existir dolo en conteo de los mismos.

En el proyecto de resolución el magistrado Noe Corzo Corral señaló que se corrigió el error aritmético; y, añadió que el caso se centró en la supuesta presión ejercida por la presidenta de la casilla. Al respecto, los magistrados enfatizaron que no se advirtieron circunstancias de modo, tiempo y lugar de que esta persona haya sido imparcial en su ejercicio.

Por otra parte, el PAN impugnó los resultados del distrito 4 de Durango, porque supuestamente el PRI sobrepasó los topes de campaña, manipuló los resultados al difundir un falso sondeo e intromisión de publicidad gubernamental en campaña; en el proyecto de resolución se estableció que el partido quejoso no demostró ninguna de las faltas alegadas. En consecuencia, se confirmaron los resultados de esa elección.

Respecto al distrito 5 de baja California con cabecera en Tijuana, esta Sala anuló 11 casillas con un total de mil 699 votos, porque los secretarios y escrutadores no fueron designados por el consejo distrital, ni pertenecían a la sección electoral y no estaban en las listas nominales, en consecuencia, se modificó el acta de cómputo de los resultados electorales, sin que se registrara un cambio en el ganador de dichos comicios.

En la sesión pública de este día, la Sala Guadalajara del Tribunal electoral del Poder Judicial de la Federación, resolvió trece juicios de inconformidad.


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